Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2015 (03/11/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

565572

NORMAS LEGALES

Martes 3 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 153-2015-PCM de fecha 12 de junio de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1307028-2

se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de México
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 991-2015 DE/SG Lima, 2 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con los Facsímiles (DSD) Nros. 718 y 735 del 23 y 30 de octubre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra; Que, con Facsímil (DSD) N° 727 del 27 de octubre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, informa acerca de personal adicional que acompañará a las respectivas delegaciones. Que, con O cio Nº 1729, 1749 y 1782-2015-MINDEF/ VPD/B/01.a, del 27, 28 y 30 de octubre de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos Mexicanos; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 03 al 04 de noviembre de 2015, en atención a una invitación cursada por el señor Ministro de Defensa del Perú. Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a veintidós (22) militares de los Estados Unidos Mexicanos, del 03 al 04 de noviembre de 2015, en atención a una invitación cursada por el señor Ministro de Defensa del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que

1

Modi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1307065-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Modifican el Manual de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 7205-2015-MIDIS/PNAEQW Lima, 30 de octubre de 2015. VISTO: El Informe N.° 671-2015-MIDIS/PNAEQW-UP de fecha 28 de octubre de 2015, de la Unidad de Prestaciones, y el Informe N.° 7736-2015-MIDIS/PNAEQW-UAJ de fecha 30 de octubre de 2015, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N.° 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MIDIS, con la nalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Decreto Supremo N.° 006-2014-MIDIS y N° 004-2015-MIDIS, se dispuso que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, de forma progresiva atienda a los escolares de nivel secundaria de las instituciones públicas localizadas en los pueblos indígenas que se ubican en la Amazonia Peruana, y modi ca el segundo párrafo del artículo primero del Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y establece que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma tendrá una vigencia de seis (06) años; Que, de acuerdo con lo establecido por la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos nancieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del Programa, a n de alcanzar los objetivos a cargo del mismo; adicionalmente, se estableció que los comités u organizaciones referidos, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante el Decreto Supremo N.° 001-2013-MIDIS se establecieron las disposiciones generales para la transferencia de recursos nancieros

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.