Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2015 (23/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Lunes 23 de noviembre de 2015
Código Osinergmin 113051

NORMAS LEGALES
Cuota Anual Diesel GasoB5 linas 154,000

567027

Ítem

Razón Social

Provincia

Distrito

32

MADERERA CANALES TAHUAMANU TAHUAMANU S.A.C.

IÑAPARI

1315000-2

SALUD
Ratifican compromisos asumidos por el Ministerio en el marco de acuerdos adoptados en la Mesa de Trabajo de Salud del distrito de Challhuahuacho y en el Taller de Planificación e Intervención de Sectores Nacionales y Municipal en la provincia de Cotabambas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 744-2015/MINSA Lima, 20 de noviembre del 2015 Visto el Expediente N° 15-114376-001, que contiene el Informe Nº 019-2015-OD/MINSA, de la Oficina de Descentralización; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que las funciones rectoras del Ministerio de Salud son entre otras, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, señala que la Oficina de Descentralización es el órgano responsable de coordinar, articular y monitorear las actividades orientadas a facilitar las relaciones entre el Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales y Locales, en el marco del proceso de descentralización; Que, en el marco de los acuerdos adoptados en la Mesa de Trabajo de Salud del distrito de Challhuahuacho y en el Taller de Planificación e Intervención de Sectores Nacionales y Municipal en la provincia de Cotabambas, se definieron los compromisos a cargo del Ministerio de Salud, los cuales están relacionados con la mejora de los servicios de salud de los establecimientos de salud de las localidades de Challhuahuacho y Cotabambas y el fortalecimiento de los recursos humanos de salud; a efecto de garantizar una atención de salud oportuna y de calidad de los pobladores de dichas zonas del país; Que, en ese contexto, la Oficina de Descentralización a través del Informe del visto ha sustentado la pertinencia de ratificar mediante resolución ministerial los compromisos que asumiera el Ministerio de Salud dentro de los acuerdos adoptados en dichos espacios de diálogo, a fin de garantizar el seguimiento y ejecución de los mismos; Que, es necesario impulsar y orientar con carácter prioritario la actuación del Ministerio de Salud en el seguimiento y ejecución de los compromisos asumidos

en el marco de la Mesa de Trabajo de Salud del distrito de Challhuahuacho y en el Taller de Planificación e Intervención de Sectores Nacionales y Municipal en la provincia de Cotabambas; Estando a lo propuesto por la Oficina de Descentralización; Con el visado del Director General de la Oficina de Descentralización, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Jefe del Seguro Integral de Salud, del Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud II, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratificar los compromisos asumidos por el Ministerio de Salud en el marco de los acuerdos adoptados en la Mesa de Trabajo de Salud del distrito de Challhuahuacho y en el Taller de Planificación e Intervención de Sectores Nacionales y Municipal en la provincia de Cotabambas, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, determinando su prioritario seguimiento y ejecución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115 Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1314900-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 720-2015/MINSA Mediante Oficio Nº 3174-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 720-2015/MINSA, publicada en la edición del 16 de noviembre de 2015. En el tercer considerando DICE: ( ... ) Que, la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1239, que modifica el artículo 5 de la Ley N° 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, sobre la conformación y funcionamiento del Consejo Nacional de Salud, dispone que el Consejo Nacional de Salud es presidido por el Ministro de Salud o su representante y está integrado por otros diez (10) miembros que representan respectivamente al Ministerio de Salud, Viceministerio de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Seguro Social de Salud, Asociación de Municipalidades del Perú, Sanidades de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario, Servicios de Salud del Sector Privado, Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, Colegio Médico del Perú, Trabajadores del Sector y Organizaciones Sociales de la Comunidad; (...)

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