Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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PREDIO C:

NORMAS LEGALES

Sábado 28 de noviembre de 2015 /

El Peruano

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 022-2015, de fecha 18 de noviembre de 2015, el Expediente Administrativo Nº 13136-2015, con el Oficio Nº 05-2015-WLC/AE, presentado por el Asesor Externo de Asuntos Culturales, Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su Competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, de acuerdo al artículo 41º de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos de Concejo son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de acuerdo al Oficio de visto, presentado por el Asesor Externo de Asuntos Culturales, Cooperación Técnica y Relaciones Internacionales, quien informa que el próximo año en el mes de marzo 2016, nuestro país será sede del IV Congreso Mundial de Reservas de Biosfera, evento que congregará a representantes de 651 Reservas de Biosfera existentes en 120 países de todo el mundo, dentro de ello las 04 Reservas de Biosfera que se encuentran en el Perú (Noroeste, Huáscar, El Manu y Oxapampa Ashaninka ­ Yánesha, de reciente creación en el año 2010); Que, dentro de este marco y como acción preparativa, los días 28 y 29 de septiembre del presente año, se desarrolló en la ciudad de Villa Rica un taller denominado "Hacia el IV Congreso Mundial de Reservas de Biosfera", contando con la presencia de representantes de las 04 Reservas de Biosfera con las que cuenta el Perú, de los sectores Públicos y Privados, SERNANP, UNESCO Perú, Ecuador y Colombia, Federaciones y Gobierno Local. En dicho Congreso el Gerente de Ambiente y Asuntos Indígenas en representación de la Secretaria Técnica de la RBOAY, expuso los avances que se ha logrado en sus 05 años de reconocimiento por parte del Programa MAB ­ UNESCO; Que, como producto de la reunión preparativa hacia el IV Congreso Mundial de Reservas de Biosfera, se suscribió un documento denominado "Gobernanza y Modelos de Gestión de las Reservas de Biosfera del Perú 28 y 29 de septiembre de 2015, Villa Rica - Pasco"; asimismo surgió la propuesta por parte del Representante de la UNESCO Colombia, para que integrantes de la RBOAY viajen y participen en la reunión preparativa de Reservas de Biosfera de Colombia, programado para los días 02, 03 y 04 de diciembre de 2015, con miras a la Cumbre Mundial de Reservas de Biosfera; Que, de acuerdo al inciso 11) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que, son atribuciones del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, en Sesión de Concejo Ordinaria Nº 022-2015, realizada el día 18 de noviembre de 2015, se aprobó por unanimidad, autorizar al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, Lic. Pedro Ubaldo Polinar, en calidad de Presidente de la Comisión Ejecutiva del Comité de Coordinación de la Reserva de Biosfera Oxapampa Ashaninka - Yánesha, para que participe en el Congreso de Reservas de Biosfera, en la ciudad de Santa Martha ­ Colombia, durante los días01, 02, 03, 04 y 05 de diciembre del presente año, asimismo se aprobó autorizar el viaje al Gerente de Ambiente y Asuntos Indígenas, Ing. Yesica Roseny Schmidt Müller, a cargo de la Secretaría Técnica, quien disertará el tema: "Modelo de Gobernanza y Gestión

AREA: 2,354.92 m2. PERIMETRO: 223.69 ml. LINDEROS: Norte: Parcela Nº 01509, en línea recta: Tramo A-B=26.52 ml. Este: Con la Parcela Nº 01206, en línea quebrada de dos Tramos: Tramo B-C=16.69 ml. y Tramo C-D=73.65 ml., respectivamente. Sur: Con la Parcela Nº 01512, en línea recta: Tramo D-E=21.95 ml. Oeste: Con vía asfaltada, en línea quebrada de tres Tramos: Tramo E-F=18.30 ml., Tramo F-G=25.91ml. y Tramo G-A=44.67 ml., respectivamente. PREDIO D: AREA: 833.02 m2. PERIMETRO: 158.94 ml. LINDEROS: Norte: Con propiedad de terceros, en línea recta: Tramo: A-B=6.26 ml. Este: Con vía asfaltada, en línea quebrada de tres Tramos: Tramo B-C=24.75 ml., Tramo C-D=29.87 ml. y Tramo D-E=14.46 ml., respectivamente. Sur: Con propiedad de terceros, en línea recta: Tramo E-F=14.85 ml. Oeste: Con acequia, en línea quebrada de tres Tramos: Tramo F-G=29.31 ml., Tramo G-H=12.02 ml. y Tramo H-A=27.42 ml., respectivamente. PREDIO E: AREA: 12,890.06 m2. PERIMETRO: 614.87 ml. LINDEROS: Norte: Con la Parcela Nº 01513, en línea recta. Tramo 1-2=28.59 ml. Este: Con la Parcela Nº 01208, en línea quebrada de nueve Tramos: Tramo 2-3=7.63 ml., Tramo 3-4=4.14 ml., Tramo 4-5=8.52 ml., Tramo 5-6=2.51 ml., Tramo 6-7=5.61 ml., Tramo 7-8=6.89 ml., Tramo 8-9=16.30 ml., Tramo 9-10=14.76 ML. y Tramo 10-11=68.46 ml., respectivamente. Sur: Con vía asfaltada, en línea quebrada de ocho Tramos: Tramo 11-12=49.45 ml., Tramo 12-13=52.28 ml., Tramo 13-14=22.30 ml., Tramo 14-15=16.52 ml., Tramo 15-16=21.55 ml., Tramo 16-17=11.24 ml., Tramo 1718=17.89 ml. y Tramo 18-19=7.43 ml., respectivamente. Oeste: Con las Parcelas 01514 y 01519 y vía asfaltada de por medio, en línea quebrada de seis Tramos: Tramo 19-20=3.94 ml., Tramo 20-21=37.80 ml., Tramo 2122=108.01 ml., Tramo 22-23=54.78 ml., Tramo 2324=20.07 ml. y Tramo 24-1=28.20 ml., respectivamente. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto", la ejecución de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1317080-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA
Autorizan viaje del Alcalde y funcionario a Colombia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 113-2015-M.P.O. Oxapampa, 19 de noviembre de 2015

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