Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2015 (03/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de octubre de 2015 /

El Peruano

postas médicas, botiquines y puestos de salud en los centros poblados que los necesiten, en coordinación con las municipalidades provinciales, los centros poblados y los organismos regionales y nacionales pertinentes; g) Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos de su jurisdicción de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional Concertado y al presupuesto que se le asigne; h) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperación con las entidades competentes; i) Promover la construcción, equipamiento y mantenimiento de canales, silos, terminales pesqueros y locales similares, para apoyar a los productores y pequeños empresarios locales; j) Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza; k) Garantizar que la población en riesgo, tengan acceso a los programas locales, regionales y nacionales de inclusión social; l) Contribuir al diseño de las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales de desarrollo social, y de protección y apoyo a la población en riesgo; m) Promover y concertar la cooperación pública y privada en los distintos programas sociales locales; n) Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, financiamiento y otros campos a fin de mejorar la competitividad; o) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito y p) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito; Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Puerto Inca", contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Puerto Inca", la aprobación de su Estatuto y la designación de la Presidenta del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, la Municipalidad Provincial de Puerto Inca y las Municipalidades Distritales de Codo del Pozuzo, Honoria, Tournavista y Yuyapichis de la Provincia de Puerto Inca, en el Departamento de Huánuco aprueban la constitución de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Puerto Inca"; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación de la Presidenta del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 046-2015­PCM/ SD-OGI-IJTY, se concluye que se han subsanado las observaciones al trámite de inscripción y que en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Puerto Inca", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010PCM; el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Puerto Inca"; integrada por la Municipalidad Provincial de Puerto Inca y las Municipalidades Distritales de Codo del Pozuzo, Honoria, Tournavista y Yuyapichis de la Provincia de Puerto Inca, en el Departamento de Huánuco; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Puerto Inca", como sigue: Presidenta: Daisy Heidinger Zevallos, alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Puerto Inca. Director: Pedro Avalos Tucto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Codo del Pozuzo. Director: José Alfonso del Águila Grandez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Honoria. Directora: Justina del Carmen Reátegui Canayo, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Tournavista. Directora: Elena Panduro Casique, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Yuyapichis. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la "Mancomunidad Municipal de la Provincia de Puerto Inca", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI Secretaria de Descentralización 1294612-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban Directiva Sectorial "Procedimientos para la Remisión y Consolidación de la Información para el Seguimiento y la Evaluación de las Políticas Nacionales y Sectoriales, Planes Sectoriales, Normas vinculadas a la materia agraria, y Objetivos de los Programas y Proyectos Especiales del MINAGRI"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0469-2015-MINAGRI Lima, 28 de setiembre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 0337-2015-MINAGRI-DGESEP- 93-DSEP, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, y el Oficio N° 817-2015-MINAGRI-OGPP/ ODOM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre aprobación de Directiva Sectorial; y,

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