Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2015 (15/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 15 de octubre de 2015
Nº Denominación 3 Santa Anita Dirección Jr. Las Alondras Nº 391 Distrito Santa Anita

NORMAS LEGALES
VISTA:
Lima

563853

Provincia Departamento Lima

1298461-1

Autorizan a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros la apertura de agencia de uso compartido en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 5992-2015 Lima, 2 de octubre de 2015 El Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros VISTA: La solicitud presentada por MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice la apertura de una agencia de uso compartido ubicada en Av. Horacio Urteaga Nº 1076, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en aplicación de los Artículos 3º y 4º del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado por la Resolución Nº 4797-2015, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de una agencia de uso compartido; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervisión de Seguros "A" y "B"; y De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y sus modificatorias y en la Resolución SBS Nº 4797-2015; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 58292014 del 5 de setiembre de 2014; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, la apertura de una agencia de uso compartido ubicada en Av. Horacio Urteaga Nº 1076, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser notificada a través de Secretaría General a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1298261-1

La solicitud presentada por el señor Jorge David Del Castillo Ruiz para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS Nº 1642-2015 de fecha 10 de marzo de 2015, se aprobó la quinta versión del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Nº SBS-REG-SBS-360-05; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 04 de agosto de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud de señor Jorge David Del Castillo Ruiz postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Jorge David Del Castillo Ruiz con matrícula Nº N-4312 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1298269-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 1159-2015-MDA/GDU-SGHUE Ate, 16 de septiembre de 2,015

Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 5993-2015 Lima, 2 de octubre de 2015 EL SECRETARIO GENERAL

EL SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 59349 de fecha 18 de Diciembre del 2,014; y acumulados, seguido por el Sr. JACINTO SOLIS BUSTINZA, en su calidad de Gerente de la

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