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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (15/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 75

563849 NORMAS LEGALES Jueves 15 de octubre de 2015 El Peruano / MESPORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%) Julio 2015 14.5% Agosto 2015 14.8%Setiembre 2015 14.8% Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1298726-1 Dejan sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica INTENDENCIA REGIONAL ICA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 1000240000504 Ica, 22 de septiembre de 2015CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Ica para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nº 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica, de los trabajadores que se indican a continuación: Nº REG APELLIDOS Y NOMBRES 1 7312 Muñoz Fernández Patricia2 8870 Pohl Ortiz Teresa Nicole3 8694 Rivas Alarcón Paulina4 1858 Ormeño Cabrera Percy Humberto 5 3249 Bobadilla de Medina María Nela 6 4221 Román Merino Ángel Teobaldo Rigoberto Artículo 2º.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica, al trabajador que se indica a continuación: Nº REG APELLIDOS Y NOMBRES 1 2381 Maldonado Tasayco Jaime Miguel Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS OCTAVIO ROJAS CHÁVEZ Intendente (e)Intendencia Regional Ica 1298708-1PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman las Sub Comisiones del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 268-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 6 de octubre de 2015.VISTOS: El Decreto Legislativo N° 957; Decreto Supremo N° 003-2014-JUS; Resoluciones Administrativas N° 061-2013-CE/PJ, N° 245-2014-CE/PJ, y N° 148-2015-CE/PJ; y Resolución Administrativa N° 148-2015-P-CSJV/PJ de fecha 12 de mayo de 2015; y, CONSIDERANDO:Primero: Mediante Decreto Legislativo N° 957 se promulgó el nuevo Código Procesal Penal, disponiendo la creación de la Comisión de Implementación Especial del acotado código adjetivo, integrada por los representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior y, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Segundo : El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ de fecha 03 de abril de 2013, modi fi cado por Resolución Administrativa N° 245-2014-CE-PJ de fecha 16 de julio de 2014 y Resolución Administrativa N° 148-2015-CE-PJ de fecha 29 de abril de 2015, estableció que los Equipos Técnicos Distritales tienen como función principal supervisar, monitorear y evaluar el proceso de implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de su competencia, coadyuvando a consolidar el proceso de implementación. Tercero: Mediante Decreto Supremo N° 003-2014- JUS publicado en el Diario O fi cial El Peruano de fecha 31 de marzo de 2014, la Presidencia de la República estableció el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal para las Provincias de Lima y Callao, a partir del año 2016, aprobando el Reglamento de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, cuyo objetivo principal es fortalecer el proceso de implementación y la aplicación del Código Procesal Penal. Cuarto: Por Resolución Administrativa N° 148-2015- P-CSJV/PJ, de fecha 12 de mayo de 2015, se reconformó la Comisión del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, quedando integrada por la señora doctora Elicea Inés Zúñiga Herrera de Legua, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, quien la preside y los señores doctores Olga Lidia Inga Michue, Presidenta de la Sala Penal de Apelaciones; Walter David Gómez Ampudia, Juez Titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal; Iván Alberto Velazco López, Juez Titular del Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria. Quinto: En Acta Sesión de fecha 07 de setiembre de 2015, la Comisión Distrital del Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, entre otros acordó la creación de Sub Comisiones de Apoyo al Equipo Técnico Distrital de Implementación de Código Procesal Penal, con el objetivo de supervisar, monitorear y evaluar el proceso de implementación del acotado Código en el Distrito Judicial de Ventanilla. En ese orden de ideas, se resolvió que dichas comisiones deberán estar integradas por los señores Magistrados de la Especialidad Penal y servidores de esta Corte Superior de Justicia, quienes estarán encargados de la ejecución de actividades que coadyuven al fortalecimiento y concretización estratégico de los procesos referidos a Producción Judicial, Capacitación