Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2015 (17/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de octubre de 2015 /

El Peruano

delincuencia, así como vigilar y controlar las fronteras, a través de la Policía Nacional del Perú; Que, en virtud de las citadas disposiciones el Ministerio del Interior es responsable de proponer, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de orden interno, orden público y seguridad ciudadana a fin de garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional, para lograr una situación de paz social y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, resulta conveniente que el CGBVP se adscriba al Ministerio del Interior, con la finalidad de contribuir a una mejor articulación y coordinación entre ambas entidades, así como para garantizar la oportuna ayuda a las personas y a la comunidad, y cuando sea el caso, coadyuvar a restablecer el orden público y el orden interno ante situaciones de incendios y accidentes; Que, conforme lo dispone el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modificado por el artículo Único de la Ley N° 27899, la modificación respecto de la adscripción de un organismo público de un sector a otro, se realiza por decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, de acuerdo a las finalidades, preceptos y criterios establecidos en los artículos 4, 5 y 6 de la acotada Ley y previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Ministerio del Interior ha presentado su propuesta normativa y el informe técnico sustentatorio correspondiente para la adscripción del Organismo Público Ejecutor CGBVP al citado Ministerio, el cual cuenta con el informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el numeral 8 del artículo el 118° de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y, el Decreto Legislativo Nº 1135, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Adscripción del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) Adscríbase el Organismo Público Ejecutor denominado Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) al Ministerio del Interior (MININTER). Artículo 2.- Adecuación de Reglamentos de Organización y Funciones El Ministerio del Interior y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, pondrán a consideración del Consejo de Ministros el proyecto de adecuación de sus respectivos Reglamentos de Organización y Funciones, en un plazo de noventa (90) días calendario a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), el Ministerio del Interior (www.mininter. gob.pe) y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (www. bomberosperu.gob.pe). Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Referencias normativas y administrativas Toda referencia al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) como Organismo Público Ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de

Ministros, se entenderá como adscrito al Ministerio del Interior. Asimismo, en los casos en que se establezca que la Presidencia de la Comisión Reorganizadora del CGBVP está a cargo de la PCM, se entenderá que es asumida por el Ministerio del Interior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Normas Complementarias La Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio del Interior, según corresponda, mediante los respectivos dispositivos legales, aprobarán las normas complementarias que se requieran para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1300679-2

Autorizan viaje de personal policial a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 212-2015-IN Lima, 16 de octubre de 2015 VISTOS; el Oficio Nº 3884-CCFFAA/D-2/DFE, de fecha 21 de setiembre de 2015, de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa del Perú; y, el Memorándum Múltiple Nº 522-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 6 de octubre de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 3884-CCFFAA/D-2/DFE, de fecha 21 de setiembre de 2015, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa del Perú hizo de conocimiento a la Secretaría General de la Policía Nacional del Perú sobre la realización de la "VIII Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza COMBIFRON Ecuador ­ Perú", a realizarse del 19 al 23 de octubre de 2015, en la ciudad de Santa Ana de los Cuatro Ríos de Cuenca ­ República de Ecuador; motivo por el cual hacen extensiva dicha invitación para que los Directores de la Dirección de Inteligencia, Dirección de Seguridad de Fronteras y Dirección Ejecutiva Antidrogas de la Policía Nacional del Perú respectivamente, participen del mencionado evento; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 867-2015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI, de fecha 3 de octubre de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión del servicio del 18 al 23 de octubre de 2015, a la ciudad de Santa Ana de los Cuatro Ríos de Cuenca ­ República de Ecuador, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio Francisco Sotelo Vásquez y otros tres (3) efectivos policiales, para que participen de la reunión mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, con Memorándum Múltiple Nº 522-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI, de fecha 6 de octubre de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorizó el viaje mencionado en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa correspondiente y señalando que irrogará gastos al Estado; Que, las experiencias e información a adquirirse como resultado de la asistencia de los efectivos policiales asignados

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