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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (17/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

563955 NORMAS LEGALES Sábado 17 de octubre de 2015 El Peruano / la desagregación de los recursos autorizados a que se re fi ere en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1300678-1 Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto DECRETO SUPREMO Nº 292-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre otros, los presupuestos de los Gobiernos Regionales, que comprende la estimación de los ingresos provenientes de los conceptos canon y otros; Que, mediante el O fi cio N° 810-2015-GRL-P., el Gobernador Regional del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, solicita una transferencia de partidas con la fi nalidad de ejecutar el proyecto de inversión pública “Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto” con Código de Proyecto 2262233, con la fi nalidad de cumplir con la titulación de las comunidades nativas de las cuatro cuencas de los ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón de las provincias del Datem y Loreto; Que, mediante O fi cio Múltiple N° 810-2015-PCM/ SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros traslada el O fi cio N° 809-2015-GRL-P. del Gobernador del referido Gobierno Regional, a través del cual solicita el fi nanciamiento del proyecto indicado en el considerando precedente, a efectos de cumplir con el Acuerdo del Acta de las Cuatro Cuencas para la Titulación de la Comunidades Nativas e implementación de las acciones contenidas en la Matriz de Acciones de la Comisión Multisectorial “Desarrollo de las Cuencas de Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, Departamento de Loreto”, suscrita el 10 de marzo de 2015 con la Presidencia del Consejo de Ministros;Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 412 105,00), a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para fi nanciar el proyecto de inversión pública “Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto” conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que la citada suma no ha sido prevista en el presupuesto institucional del presente año fi scal del citado Gobierno Regional; De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modi fi catorias; y DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CUATROCIENTOS DOCE MIL CIENTO CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 412 105,00), a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para ser destinada a fi nanciar el proyecto de inversión pública “Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en las Comunidades Nativas de las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto”, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 412 105,00 TOTAL EGRESOS 412 105,00 ========= A LA: En Nuevos SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto UNIDAD EJECUTORA 100 : Región Loreto – Agricultura ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2262233 : Ampliación del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Tierras en la Comunidades Nativas de las Cuencas de los Ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón de la Provincia de Datem del Marañón y Loreto, Región Loreto