Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2015 (15/09/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 15 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

561479

De conformidad con lo dispuesto el Decreto Legislativo N° 92, Ley que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE, la Ley Nº 27267, Ley de Centros de Innovación Tecnológica, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2000-ITINCI; así como lo establecido en la Directiva N° 001-2015ITP "Procedimiento para Calificar Personas Jurídicas de Derecho Privado como Centros de Innovación Tecnológica - CITE privado", aprobada por Resolución Ejecutiva N° 57-2015-ITP/DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar al Centro de Investigación para el Desarrollo Integral y Sostenible de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, la calificación para operar como "Centro de Innovación Tecnológica Privado CITEacuícola UPCH". Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) (www.itp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 1286982-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el Plan Estratégico de Publicidad 2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL Nº 207-2015-TR/SG Lima, 14 de setiembre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 542-2015-MTPE/4/1 e Informe Técnico N° 002-2015-MTPE/4.1 de la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional; el Oficio Nº 6402015-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Certificación de Crédito Presupuestario N° 0001861 y Certificación de Crédito Presupuestario N° 0001765, y el Informe N° 1223-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, así como para fiscalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los mismos; Que, el literal a) del artículo 3 de la referida Ley, establece que, para la autorización de la realización de publicidad estatal, se debe cumplir con un plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014TR, la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, tiene entre otras funciones específicas, la de elaborar y proponer el plan anual de difusión de los servicios y programas del ministerio;

Que, con Oficio N° 542-2015-MTPE/4/1 e Informe Técnico N° 002-2015-MTPE/4.1 la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional eleva la propuesta de Plan Estratégico de Publicidad 2015, concluyendo que el Plan es un importante documento que establece los lineamientos de difusión de medios masivos del sector, según lo dispuesto en la Ley N° 28874, que regula la publicidad estatal, y que comprende la difusión de campañas publicitarias programadas para el año 2015; Que, mediante Oficio Nº 640-2015-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cual adjunta el Informe N° 415-2015-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico Nº 234-2015-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, a través de la cual emiten opinión técnica favorable a la propuesta de Plan Estratégico de Publicidad 2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme al inciso d) del artículo 29 y al inciso d) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; Que, el presupuesto programado para las campañas de difusión comprendidas en el Plan Estratégico de Publicidad 2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0001861 y la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0001765, según lo informado mediante el Proveído N° 11689-2015-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Oficio N° 602-2015MTPE/3/24.2 del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", respectivamente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1223-2015-MTPE/4/8 sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones de la Jefa de la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, de los Jefes de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR y el inciso j) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 278-2014-TR delegación de facultades y atribuciones para el ejercicio fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la aprobación Aprobar el Plan Estratégico de Publicidad 2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- De la evaluación La Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, es responsable del monitoreo y evaluación permanente del cumplimiento de los objetivos del Plan Estratégico de Publicidad 2015 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, informando trimestralmente los avances de las actividades programadas en el Plan a la Secretaria General del Sector para su envío al órgano del Sistema Nacional de Control según lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal. Artículo 3.- De la publicación Disponer que la presente resolución y su anexo se publiquen en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO VELÁSQUEZ RAMÍREZ Secretario General 1287398-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.