Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2016 (06/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de abril de 2016 /

El Peruano

c) Coordinar con las instancias formales de tales instituciones, la adecuación de los planes y programas correspondientes. d) Informar al Consejo Regional La Libertad las acciones multisectoriales ejecutadas del PERM TB por ser la máxima instancia de coordinación multi transectorial. e) Identificar y estimar la magnitud de recursos y los arreglos institucionales requeridos para aprobar los planes y programas en concordancia con el PERM TB-LL f) Otras inherentes a sus funciones y las establecidas por la asamblea. Artículo 11º. El Comité Procesos Internos del PERMTB estará integrado por representantes de las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS): a) Gerencia Regional de Salud, b) ESSALUD, c) Instituto Nacional Penitenciario, d) Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales, e) Representante de Universidades elegido por la Asamblea. Por ser de la perspectiva misional, será el encargado de optimizar las acciones de la promoción de la salud para el abordaje de los determinantes de la salud en la persistencia de la tuberculosis; así como asegurar una atención integral y de calidad; fortaleciendo las acciones de prevención de la tuberculosis, en toda la región. Artículo 12º. Funciones del Comité de Procesos Internos: a) Involucrar a las instituciones y organizaciones comprometidas para la implementación de las acciones de prevención y control de tuberculosis cumplimiento de los objetivos estratégicos del PERM TB- LL., esto a través de datos e informes de gestión emitidos. b) Proponer y desarrollar el Plan Anual del Comité de Procesos Internos, el mismo que contendrá una definición operacional y los medios de verificación para la construcción de los indicadores, el cual será presentado a la asamblea para su aprobación. c) Coordinar con las instancias formales prestadoras de salud, la adecuación de los planes y programas correspondientes si fuese necesario. d) Emitir informes periódicos a la asamblea sobre los avances de cada uno de los objetivos estratégicos del PERM TB-LL. Artículo 13º. El Comité de Tecnología y Crecimiento estará integrado hasta por diez representantes de los sectores estatales y actores sociales de la región directamente involucrados en la prevención y control de la tuberculosis: Gerencia Regional de Salud, de Trabajo, de Educación, de Desarrollo e inclusión Social, Representante de la Municipalidad PROVINCIAL DE MUY ALTO RIESGO DE TRANSMISIÓN, el Comité estará presido por 01 representante de las Universidades que será elegido por la asamblea. Artículo 14º. Funciones del Comité de Tecnología y Crecimiento: a) Identificar para cada objetivo estratégico, las instituciones y unidades responsables de cumplir las intervenciones y actividades sugeridas en el PERM TBLL. b) Involucrar a las instituciones y organizaciones comprometidas para la implementación de las acciones de prevención y control de tuberculosis en el tomar conocimiento del para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del PERM TB- LL., esto a través de datos e informes de gestión emitidos. c) Proponer y desarrollar el Plan Anual del Comité de Tecnología y Crecimiento, el mismo que contendrá definiciones operacionales y los medios de verificación para la construcción de los indicadores, el cual será presentado a la asamblea para su aprobación. d) Coordinar la gestión del conocimiento respecto a

la prevención y control de la tuberculosis, involucrando a los actores sociales en los diferentes niveles educativos, haciendo uso de la tecnología, información y comunicación a fin de asegurar el control del daño y contar una información para la toma de decisiones. e) Coordinar con las instancias formales de todas las instituciones que conforman la COREMUSA para la adecuación de los planes y programas correspondientes si fuese necesario. f) Emitir informes periódicos, sobre los avances de cada uno delos objetivos estratégicos del PERM TB-LL. Artículo 15º. El Comité de Sostenibilidad Financiera del PERM TB-LL por tener la perspectiva de soporte; coordinará, fortalecerá, articulará e impulsar la cooperación sectorial, así como mejorará la gestión de los recursos presupuestales a través de proyectos de inversión pública y privada y otras fuentes de financiamiento, que permitan el desarrollo del PERM TB; estará conformado por representantes de: a) Gerencia Regional de Salud, b) Gerencia Regional de Cooperación Técnica, c) Representante de ONGs que trabajen en componente de Tuberculosis, d) Representante de la Cámara de Comercio quien lo presidirá. Artículo 16º. Las funciones principales del Comité Sostenibilidad Financiera del PERM LL son: a) Identificar para cada objetivo estratégico, las instituciones y unidades responsables de cumplir las intervenciones y actividades consideradas. b) Involucrar a las instituciones y organizaciones comprometidas para la implementación de las acciones de prevención y control de tuberculosis en el cumplimiento de los objetivos estratégicos del PERM TB- LL, esto a través de datos e informes de gestión emitidos. c) Coordinar con las instancias formales de tales instituciones, la adecuación de los planes y programas correspondientes. d) Identificar y estimar la magnitud de recursos y los arreglos institucionales requeridos para aprobar los planes y programas en concordancia con el PERM TB-LL. e) Otras inherentes a sus funciones y las establecidas por la asamblea. CAPÍTULO V MONITOREO Y VIGILANCIA DE LA EJECUCIÓN DEL PLAN ESTRATEGICO REGIONAL MULTISECTORIAL TB Artículo 17º. El monitoreo y vigilancia de la ejecución del Plan Estratégico Regional Multisectorial TB, estará a cargo de los presidentes de los Comités del PERM TB. La presidencia será colegiada entre los presidentes de los Comités, por un periodo de 01 año. Artículo 18º. Son funciones del Comité el monitoreo y vigilancia del Plan Estratégico Regional Multisectorial de TB: a) Proponer el Plan Anual de Monitoreo y Evaluación del PERM TB-LL, el mismo que contendrá una definición operacional y los medios de verificación para la construcción de los indicadores, el cual será presentado a la Asamblea de la COREMUSA al comité TB para su aprobación. b) Realizar visitas a las instituciones y organizaciones comprometidas para tomar conocimiento del cumplimiento de los objetivos estratégicos del PERM TB- LL., esto a través de datos e informes de gestión emitidos. c) Coordinar con las instancias formales de tales instituciones, la adecuación de los planes y programas correspondientes si fuese necesario. d) Emitir informes periódicos; semestral en el caso del monitoreo y bianual en el caso de evaluación; respecto a los avances y resultados sanitarios y sociales producto de la ejecución del PERM TB-LL.

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