Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2016 (12/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de abril de 2016 /

El Peruano

de la Superintendencia Adjunta de Seguros de la SBS, del 12 al 15 de abril de 2016 a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 771,62 Viáticos US$ 1 110,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1366455-1

GOBIERNOS LOCALES

para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación, ampliación y/o prórroga de la misma; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 004-2016-MDP/A de fecha 29 de Febrero del 2016, se prorrogo el plazo de vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial 2016 y Arbitrios Municipales 2016 (1ºy 2º cuota), hasta el 31 de Marzo del presente año. Que, mediante Informe Nº 026-2016-MDP/GR de fecha 22 de Marzo del 2016, la Gerencia de Rentas sugiere se prorrogue el vencimiento de la Ordenanza Nº 154-2016-MDP/C de fecha 12 de febrero del 2016, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, promulgado el 22 de Junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Prorrogan el plazo de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (1°, 2° y 3° cuota) del Ejercicio Fiscal 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2016-MDP/A Pachacamac, 28 de marzo del 2016 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: La Ordenanza Nº 154-2016-MDP/C de fecha 12 de Febrero del 2016, Informe Nº026-2016-MDP/GR emitido por la Gerencia de Rentas, sobre "Prórroga de Vencimiento de Pago del Impuesto Predial (1º cuota) y Arbitrios Municipales (1º,2º y 3º cuota)." CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 154-2016-MDP/C de fecha 12 de Marzo del 2016, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 20 de Febrero del 2016, se aprobó la "Ordenanza que establece el Vencimiento de Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2016", señalando como fecha de vencimiento, para el pago del Impuesto Predial (1º cuota) y Arbitrios Municipales (1º,2º cuota), hasta el 29 de Febrero del presente año. Que, en la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (1º,2º y 3º Cuota) del Ejercicio Fiscal 2016, hasta el 29 de Abril del presente año. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el fiel cumplimiento del presente Decreto. Asimismo a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación y difusión del presente Decreto, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacamac (www.munipachacamac.gob.pe), y otros medios de comunicación, respectivamente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto en el portal institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1366347-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Ratifican el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de San Vicente, provincia de Cañete - 2016
ORDENANZA Nº 08-2016-MPC Cañete, 17 de marzo del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de marzo del 2016, el Oficio Nº 026-2016-GSCYGA-SGSC-

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