Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2016 (30/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
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Sábado 30 de abril de 2016 /

El Peruano

en el Informe del Ministerio de Economía y Finanzas citado en el considerando anterior, recomendando la emisión de la Resolución que permita a la empresa MIRAGE HOLDING S.A.C. la ampliación de la lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada y acogerse al beneficio del Decreto Legislativo N° 973; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su modificatoria, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modificatorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción. Modificar la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, a favor de la empresa MIRAGE HOLDING S.A.C., aprobada mediante Resolución Suprema N° 008-2012-MINCETUR, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nos. 139-2015-MINCETUR y 384-2015-MINCETUR, incorporándose los Anexos I y II adjuntos que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Modificación del monto de inversión y plazo de inversión del proyecto. El monto de inversión a cargo de MIRAGE HOLDING S.A.C. asciende a la suma de US$ 9 050,644.00 (Nueve Millones Cincuenta Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutado en un plazo total de cuatro (04) años, tres (03) meses y dieciséis (16) días, contados a partir del 14 de marzo de 2012, fecha de suscripción del Contrato de Inversión. Artículo 3.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas. Establecer, para efecto del numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que la vigencia de la lista de bienes y servicios adicionales del presente Anexo, serán de aplicación a las solicitudes de devolución respecto a los bienes y servicios adquiridos o importados a partir del 18 de diciembre de 2015, fecha de presentación de la solicitud de aprobación de la nueva lista de bienes y servicios presentada por la empresa MIRAGE HOLDING S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo
ANEXO I SUBPARTIDA ÍTEM CUODE ARANCELARIA 810 1 2 3 4 810 810 840 840 840 850 5 6 850 850 DESCRIPCIÓN ARANCEL

Servicio de carpintería metálica. Servicio de carpintería de drywall. Servicio de software y hardware. Servicio de instalación de corrientes débiles (voz y data). Servicio de instalación e implementación de equipos y máquinas de gimnasio. 7 Servicio de instalación de equipos y audio. 1373885-1

CULTURA
Aprueban las "Bases para la presentación de propuestas de reseñas históricas de héroes y personalidades ilustres nacionales y regionales para su difusión en áreas de uso público"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2016-MC Lima, 27 de abril de 2016 VISTO, el Informe Nº 330-2015-DGPC-VMPCIC/MC, de fecha 8 de julio de 2015, de la Dirección General de Patrimonio Cultural; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29891 se dispuso la promoción de la identidad nacional y la cultura a través de la colocación de reseñas históricas de los héroes y personalidades ilustres nacionales y regionales en áreas de uso público; Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2013-MC, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29891, Ley que dispone la difusión de las reseñas históricas de los héroes y personalidades nacionales y regionales en áreas de uso público; Que, el artículo 11 del mencionado Reglamento dispuso constituir la Comisión Multisectorial Permanente encargada de revisar y seleccionar las reseñas históricas de héroes y personalidades ilustres nacionales y regionales, indicando que estará adscrita al Ministerio de Cultura; Que, asimismo, el artículo 20 del precitado Reglamento dispone que a través de Resolución Ministerial publicada en el diario oficial "El Peruano", el Ministerio de Cultura convocará a las entidades públicas o a cualquier persona jurídica para que presenten propuestas de reseñas históricas de héroes y personalidades ilustres y aprobará las bases de la referida convocatoria; precisando que las reseñas históricas deberán cumplir con características y contenido establecidos en dicho Reglamento, así como con las especificaciones y criterios de selección previstos en las bases de la convocatoria; Que, a través del documento del visto, la Dirección General de Patrimonio Cultural, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente encargada de revisar y seleccionar las reseñas históricas de héroes y personalidades ilustres nacionales y regionales, remite el proyecto de "Bases para la presentación de propuestas de reseñas históricas de héroes y personalidades ilustres nacionales y regionales para su difusión en áreas de uso público", solicitando la aprobación correspondiente mediante Resolución Ministerial a fin de iniciar la convocatoria formal para la presentación de solicitudes del público en general; Que, en tal sentido, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29891, Ley que dispone la difusión de las reseñas históricas de los héroes y personalidades nacionales y regionales en áreas de uso público, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0042013-MC, corresponde aprobar las "Bases para la presentación de propuestas de reseñas históricas de héroes y personalidades ilustres nacionales y regionales

MÁQUINAS Y APARATOS DE OFICINA, SERVICIO Y CIENTÍFICOS 8471609000 - - Las demás 8472100000 - Copiadoras, incluidos los mimeógrafos MAQUINARIA INDUSTRIAL 8415109000 - - Los demás 8504401000 - - Unidades de alimentación estabilizada («UPS») OTRO EQUIPO FIJO 8517621000 - - - Aparatos de conmutación para telefonía o telegrafía, automáticos 8517629000 - - - Los demás

ANEXO II I. SERVICIOS 1 Servicio de carpintería de madera.

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