Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2016 (03/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 3 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Autorizan participación de Alcalde en evento a realizarse en Turquía
ACUERDO MUNICIPAL Nº 77-2016-MPC Cusco, 30 de junio de 2016. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 30 de junio de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Art. 194 de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de sus competencia dentro de sus jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el Comité del Patrimonio Mundial es el órgano de la UNESCO encargado de aplicar la Convención de 1972. Su misión consiste en examinar el estado de conservación de los sitios inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial y pedir a los Estados Partes en la Convención que adopten las medidas de conservación necesarias, cuando proceda; Que, en la 39º sesión del Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO, celebrada en Bonn, el 8 de julio de 2015, se acordó la realización de la 40º sesión en la ciudad de Estambul (Turquía), entre el 10 al 20 de julio de 2016; Que, el Centro Histórico del Cusco, está inscrito en la lista del Patrimonio Mundial, desde 1983 y teniendo en cuenta que el Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO, tiene por misión examinar el estado de conservación de los sitios inscritos pidiendo a los Estados Partes que adopten las medidas de conservación necesarias y siendo que es preciso que el señor alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, exprese la posición del gobierno local sobre la construcción del Hotel Sheraton en la calle Saphy del Centro Histórico de la Ciudad del Cusco, cumpliendo con las disposiciones de la Convención sobre el Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad; Que, teniendo en cuenta que las funciones de la Secretaría del Comité del Patrimonio Mundial son ejercidas por el Centro del Patrimonio Mundial y que, en el punto 5 - A de la agenda "Informes del Centro del Patrimonio Mundial", corresponde hacer la presentación sobre el impacto de la construcción del Hotel Sheraton en el Valor Universal Excepcional del Centro Histórico del Cusco; Que, mediante Oficio Nº 7-6-F/009/2016, el Representante del Perú ante la UNESCO, Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, hace conocer al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, que en

la ciudad de Estambul, Turquía, se ha de desarrollar la 40º Sesión del Comité del Patrimonio Mundial, entre el 10 al 20 de julio de 2016; por lo que, considera necesaria su presencia para expresar las medidas y criterio adoptados por el Concejo Provincial del Cusco, respecto de la construcción del Hotel Sheraton, ubicado en la Calle Saphy del Centro Histórico de la Ciudad del Cusco; Que, mediante Informe Nº 009-2016-OGCT-GM/MPC, la Directora de la Oficina General de Cooperación Técnica, concluye que teniendo en cuenta que la Municipalidad Provincial del Cusco, ejerce un rol importante en el marco de los compromisos adoptados en diferentes tratados, más aun considerando que los lugares afectados son parte de nuestra jurisdicción, es imprescindible que nuestra primera autoridad se haga presente en la 40º Sesión del Comité del Patrimonio Mundial, entre los días 11 al 13 de julio de 2016, dado que será en este lapso, que se verán los temas concernientes a nuestra Ciudad; Que, los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 047-2022-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, independientemente del vínculo que tengan con el Estado; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos específicos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno; Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por Mayoría, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en la 40º Sesión del Comité del Patrimonio Mundial, a desarrollarse en la ciudad de Estambul, Turquía, entre el 10 al 20 de julio de 2016. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la participación del señor Alcalde, Carlos Manuel Moscoso Perea en el evento detallado precedentemente, entre el 11 al 13 de julio de 2016. Artículo Tercero.- PRECISAR, que los gastos de pasajes nacionales e internacionales, alimentación, transporte, estadía y Seguro Integral de viaje internacional del señor Alcalde serán cubiertos por la Municipalidad Provincial del Cusco, según el detalle: ALCALDE, CARLOS MANUEL MOSCOSO PEREA Pasajes nacionales económicos Cusco - Lima - Cusco, Pasajes internacionales Lima - Estambul - Lima, Viáticos Nacionales dos (2) días. Viáticos Internacionales en el evento tres (3) días, Viáticos Internacionales (tránsito) dos (2) días, Seguro Integral de Viaje Internacional. Artículo Cuarto.- DISPONER, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Quinto.- DISPONER, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058-04-MC, que el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Carlos Manuel Moscoso Perea, deberá emitir un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS MOSCOSO PEREA Alcalde 1410788-1

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