Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2016 (04/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 4 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge David Chang Serrano, como Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1411712-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2016-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 1016-2016/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 202-2016-VIVIENDA, publicada en la edición del día 1 de agosto de 2016. En el Artículo Único.DICE: Designar al señor Ruperto Andrés Tabeada Delgado en el cargo de Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. DEBE DECIR: Designar al señor Ruperto Andrés Taboada Delgado en el cargo de Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 1410790-1

de la Libertad; y el Informe N° 254-2016-DV-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA es responsable de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con otros sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes; así como conducir el proceso de su implementación, conforme a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2014-PCM; Que, el artículo 49° del precitado Reglamento de Organización y Funciones, establece que las Oficinas Zonales son los Órganos Desconcentrados de la Entidad, con dependencia de la Dirección de Articulación Territorial y tienen la responsabilidad de articular y coordinar con las entidades públicas, privadas y sociedad civil, los proyectos de inversión pública y actividades enmarcados en los Programas de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas y otras actividades que contribuyan al logro de los objetivos de lucha contra las drogas, así como ejecutar sus actividades y proyectos de inversión pública en los ámbitos correspondientes; Que, teniendo en consideración los documentos de Vistos, se evidencia que el departamento de Ancash comprende a las principales rutas del narcotráfico que conectan las zonas de producción cocalera de la selva con los centros de distribución a nivel nacional e internacional; asimismo, se evidencia un incremento de la microcomercialización de drogas en las principales ciudades y de cultivos ilícitos de marihuana y amapola en las zonas de la sierra; Que, los Programas Presupuestales Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD, Gestión Integrada y Efectiva para el Control de la Oferta de Drogas ­ GIECOD, y Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS, requieren ampliar su cobertura en las zonas de mayor riesgo del departamento de Ancash, en coordinación con las entidades públicas, privadas y la sociedad civil; ello con el objetivo de institucionalizar la prevención y rehabilitación del consumo de drogas, con especial interés en los ámbitos educativos, familiar y comunitario; el control de la oferta de drogas, con énfasis en las rutas del narcotráfico y en las principales ciudades con microcomercialización de drogas; y el desarrollo alternativo integral y sostenible, con énfasis en las zonas de producción de cultivos ilícitos; Que, es imprescindible que DEVIDA afiance sus intervenciones a través de programas, proyectos y actividades, en el marco de Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, por lo que resulta necesario crear e implementar una Oficina de Coordinación adscrita a la Oficina Zonal de La Libertad, cuya sede se ubicaría en el distrito y provincia de Huaraz del departamento de Ancash; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 046-2016-DV-OPP, remite la propuesta de creación e implementación de la Oficina de Coordinación Huaraz, para ser un enlace entre DEVIDA y los distritos que conforman el ámbito de intervención de esta Oficina, con el propósito de facilitar las intervenciones de DEVIDA como ente rector en la lucha contra las drogas, cuyo sustento técnico ha sido corroborado con opinión favorable de la Dirección de Articulación Territorial mediante Memorándum N° 398-2016-DV-DATE que hace suyos los Informes N° 012-2016-DV-PPCOD-EP y N° 033-2016-DV-PCTD/LEBM, y de la Oficina Zonal La Libertad mediante Memorándum N° 0339-2016-DV-OZLL; Que, los literales a) y r) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA facultan a la Presidencia Ejecutiva a conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, y a emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a su conducción, respectivamente; Que, con Informe N° 254-2016-DV-OAJ de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica se pronuncia favorablemente por la creación e implementación de la Oficina de Coordinación propuesta;

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan la creación e implementación de la Oficina de Coordinación Huaraz, adscrita a la Oficina Zonal de La Libertad, para que ejecute actividades de apoyo a la gestión institucional, con sede en el distrito y provincia de Huaraz del departamento Ancash
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 101-2016-DV-PE Lima, 2 de agosto de 2016 VISTO: El Informe N° 046-2016-DV-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N° 398-2016-DV-DATE de la Dirección de Articulación Territorial, que hace suyos los Informes N° 012-2016-DVPPCOD-EP y N° 033-2016-DV-PCTD/LEBM; el Memorándum N° 339-2016-DV-OZLL de la Oficina Zonal

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