Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2016 (17/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Miércoles 17 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS DE LA: ACTIVIDAD 5000415 :

596985

de Presupuesto y con cargo a los recursos previstos en el literal c) del artículo 1 de la Ley N° 30458; así como a realizar transferencias financieras a favor del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales", con cargo a los recursos habilitados hasta por el monto citado en el segundo considerando de la presente norma; estableciéndose que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con cargo al saldo de los recursos previstos en el literal c) del artículo 1 de la referida Ley N° 30458, es necesario realizar, previa a la transferencia financiera mencionada en el considerando precedente, una modificación presupuestaria en el nivel funcional programático, dentro de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, en la Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de la Actividad 5000415 Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público, por el monto de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300 000 000,00), a favor de la Actividad 5005970 Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales; Que, en el marco de la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, en el pliego 009 ­ Ministerio de Economía y Finanzas, existe, a la fecha, saldos disponibles, en la Reserva de Contingencia por la Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, que permite atender lo indicado en el considerando anterior; Que, el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, estableciendo en su artículo 45 que las modificaciones presupuestarias destinadas a la distribución interna se autoricen por Resolución del Titular del pliego presupuestario; Que, luego de efectuada la modificación presupuestaria en el nivel funcional programático, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, Actividad 5005970 Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, hasta por la suma de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300 000 000,00), a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30458; De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del artículo 1 y el artículo 4 de la Ley N° 30458; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Modificación Presupuestaria Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2016, hasta por TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300 000 000,00), según el siguiente detalle:
En Soles SECCION PRIMERA PLIEGO 009 : : : : GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Economía y Finanzas Administración General Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 300 000 000,00 300 000 000,00 300 000 000,00

GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS: A LA: ACTIVIDAD 5005970 :

Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales 300 000 000,00 300 000 000,00 300 000 000,00

GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS:

Artículo 2 .- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la transferencia financiera del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, hasta por la suma de TRESCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 300 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, creado conforme al numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30458. Artículo 3 .- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial se realizará con cargo al Presupuesto aprobado en el presente año fiscal del pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General, Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Actividad 5005970 Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, Finalidad 0195490 Transferencia al fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, Categoria de Gasto 6 Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica 2.4.2.3.1.5 A Fondos Públicos. Artículo 4 .- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5 .- Remisión Copia de la presente Resolución se presenta, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público y a la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1416948-1

EDUCACION
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UNIDAD EJECUTORA 001 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3

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