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597033 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2016 El Peruano / Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación de la Ordenanza en el Portal Peruano del Estado Peruano www.peru.gob.pe, y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe/ y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta www.munilapunta. gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1416707-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA Constituyen el Comité de Inversiones encargado de planificar, organizar y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en el D. Leg. N° 1224 y su Reglamento RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1008-16 Tacna, 18 de julio de 2016 VISTO: El Informe Nº 160-2016-GPPyCT/MPT, de fecha 15 de julio del 2016, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Técnica, por el cual señala la necesidad de constituir el Comité de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Tacna, dentro del marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo del Marco de la Promoción de la Inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyecto en Activos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, se establece los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley, establece que el Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en la presente norma, crea el Comité de Inversiones para desempeñarse como: i) Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia conforme lo establecido en el artículo 6. En este supuesto, el Viceministro, Consejo Regional y Concejo Municipal ejercen las funciones del Consejo Directivo de PROINVERSION, y ii) Órgano de coordinación con PROINVERSION en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a este último; Que, asimismo, el numeral 8.2 del citado artículo 8 de la Ley, precisa que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía, que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento, ha previsto que en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento, las entidades públicas emitirán la Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional Resolución de Alcaldía mediante la cual se designa a los miembros del Comité de Inversiones conforme a lo dispuesto en el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley, la cual debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Publico Privadas dentro del mencionado plazo máximo (el cual venció el 11 de enero del 2016); Que, en ese sentido corresponde a la Municipalidad Provincial de Tacna crear el Comité de Inversiones y designar a sus miembros, en concordancia con lo previsto por la normativa vigente; Estando a lo expuesto, con la conformidad y visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Ofi cina de Secretaria General y Archivo Central; y en uso de la facultad conferida por la Constitución Política del Perú y la Ley Marco de APP y Proyectos en activos, Decreto Legislativo Nº 1224; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR el COMITÉ DE INVERSIONES encargado de planifi car, organizar y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, el mismo que estará conformado de la manera siguiente: MIEMBROS TITULARES: 1. Blga. EVELYN NATHALIE TORRES RUIZ HUIDOBRO, SubGerente de Protección Ambiental Presidente 2. Eco. SUSY BELINDA QUENAYA VARGAS DE MARQUEZ, Especialista en Planes Operativos de la Unidad de Gestión de Planeamiento Estratégico de la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Cooperación Técnica. Primer Miembro 3. Abog. RODOLFO LORENZO JIMENEZ ANCI, Jefe de la Ofi cina de Secretaría General y Archivo Central Segundo Miembro MIEMBROS SUPLENTES: 1. Ing. DENNIS GUTIERREZ MAQUERA, Gerente de Gestión Ambiental Presidente 2. Eco. GLORIA ANGÉLICA BAYONA AEDO, Especialista en Planifi cación de la Unidad de Gestión de Planeamiento Estratégico de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Técnica. Primer Miembro 3. Abog. ALEJANDRO ALFONSO VALDIVIA GUITERAZ SubGerente de Gestión del Riesgo de Desastres Segundo Miembro Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a los miembros del Comité constituido, el cual se instalará inmediatamente después de notifi cados y su actuación se ceñirá estrictamente a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de Municipalidad Provincial de Tacna. Artículo Cuarto.- REMITIR la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Alcalde 1416561-1