Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2016 (17/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 17 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

597031

Ordenanza Nº 004-2016-MDLP/AL, conforme al siguiente texto: "Artículo 9º.- La Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Punta es la siguiente: (...) ÓRGANOS DE APOYO - Oficina de Secretaría General, Archivo Comunicaciones - Gerencia de Rentas y Policía Municipal (...) y

ÓRGANOS DE LÍNEA (...) - Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil · División de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Civil · División de Seguridad Ciudadana" "Artículo 16º.- Son atribuciones del Alcalde: (...) 36. Programar, coordinar, dirigir, ejecutar y evaluar las acciones relacionadas a la Imagen Institucional en la Municipalidad. 37. Las demás que le correspondan de acuerdo a Ley." "Artículo 41º.- La Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones, es el órgano de apoyo que proporciona soporte administrativo al Concejo Municipal, a la Alcaldía y a los Regidores y; se encarga del sistema de trámite documentario, del archivo central de la Municipalidad, de las comunicaciones y protocolo; es responsable de dar trámite y respuesta a las solicitudes de acceso a la Información Pública, dentro de los alcances de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública; así como de supervisar y llevar los registros de la celebración de matrimonios civiles. Está a cargo del Secretario General, quien depende funcional y jerárquicamente del Alcalde y administrativamente del Gerente Municipal." "Artículo 42º.- Son funciones generales de la Oficina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones: (...) 7. Atender y supervisar las acciones derivadas del cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública, conforme a la normatividad vigente. 8. Dirigir y supervisar los procesos de la administración correspondiente a trámite documentario y del archivo central de la Municipalidad 9. Formular, proponer y actualizar el sistema y la política de archivo documentario de la Municipalidad, así como administrar el Archivo Central de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia. 10. Celebrar matrimonios civiles y alcanzar los pliegos matrimoniales correspondientes para la culminación del trámite de registro y emisión de Partidas de Matrimonio. Informar sobre los matrimonios civiles celebrados y las estadísticas de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. 11. Planificar, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de protocolo y comunicaciones de la Municipalidad. 12. Programar, organizar, apoyar, dirigir y supervisar las ceremonias, actos oficiales y protocolo en los que participe el Alcalde, Regidores o sus representantes. 13. Dirigir la supervisión del funcionamiento y mantenimiento de la página web en coordinación con la Unidad de Tecnología de la Información. 14. Mantener informado a los vecinos y público en general, a través de los diferentes medios de comunicación, o medios propios, de los planes, programas o proyectos, y toda la información de interés general de la Municipalidad. 15. Cumplir otras funciones que le asigne la Alcaldía y/o la Gerencia Municipal, en materia de su competencia y, aquellas que se atribuyan mediante la normativa interna."

"Artículo 44°.- La Gerencia de Rentas y Policía Municipal es el órgano de apoyo encargado de planificar, organizar, administrar, ejecutar y supervisar las actividades de generación de recursos económicos tributarios y no tributarios a través de las unidades orgánicas que la integran, así como de supervisar y ejecutar las actividades relacionadas con la Promoción del Desarrollo Económico Local y fiscalización del Comercio en el Distrito. Está a cargo de un Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal." "Artículo 45º.- Son funciones generales de la Gerencia de Rentas y Policía Municipal: (...) 32. Supervisar y dirigir las funciones de fiscalización, control de los comercios y aplicación de las sanciones administrativas que ejecute el Departamento de Atención al Vecino y Policía Municipal. 33. Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma de decisiones, con la información que se genera en la Gerencia. 34. Cumplir otras funciones que le asigne la Alcaldía y/o la Gerencia Municipal, en materia de su competencia y, aquellas que se atribuyan mediante la normativa interna." "Artículo 47º.- Departamento de Atención al Vecino y Policía Municipal, es el Área Funcional a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende de la Gerencia de Rentas y Policía Municipal. Tiene las siguientes funciones: 1. Atender y orientar con una visión de permanente servicio al usuario y contribuyente punteño, brindando información sobre los asuntos tributarios y administrativos que soliciten. 2. Programar, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con la administración tributaria, los procesos de registros, acotación y fiscalización de las rentas municipales, del mercado municipal y establecimientos comerciales en el Distrito. 3. Ejecutar la supervisión y control del cumplimiento de normas de competencia municipal y notificar e imponer las sanciones establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) por el incumplimiento de dichas normas con el apoyo de la Policía Nacional, de ser el caso. 4. Supervisar y ejecutar las actividades relacionadas con la promoción del Desarrollo Económico Local y el Comercio en el Distrito y de los procesos de otorgamiento de Licencias de Funcionamiento y autorizaciones en general, se encarga además del control de las cuentas corrientes y de la emisión y cobranza de valores tributarios y administrativos." "Artículo 90º.- La División de Seguridad Ciudadana es el órgano encargado de organizar, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas a la seguridad ciudadana y el orden público. Está a cargo de un Jefe de División, quien depende de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. Artículo 91º.- Son funciones generales de la División de Seguridad Ciudadana: 1. Ejecutar las acciones de seguridad ciudadana en el Distrito 2. Promover y difundir sistemas de seguridad y autodefensa entre los vecinos, para lo cual debe establecer coordinaciones con la Policía Nacional del Perú, Compañía de Bomberos y otras instituciones públicas y privadas. 3. Administrar el servicio de Seguridad Ciudadana y programar la realización de rondas en el Distrito. 4. Supervisar y controlar los espectáculos públicos no deportivos en salvaguarda del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. 5. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales reglamentarias en materia de Seguridad Ciudadana. 6. Apoyar las acciones del Comité de Seguridad Ciudadana del Distrito. 7. Brindar el apoyo necesario a todas las áreas de la Municipalidad cuando lo soliciten, dentro del ámbito de su competencia.

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