Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2016 (17/08/2016)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de agosto de 2016 /

El Peruano

de su competencia. De igual modo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, la administración municipal se basa en "principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior, rigiéndose por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficiencia, eficacia, participación y seguridad ciudadana"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y modificatorias, se "Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública", publicado el 26 de julio de 2006, que en su artículo 5º define a este último como el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades. Además, el artículo 7º prescribe que la conducción del proceso de elaboración y formulación del ROF de las entidades estará a cargo del órgano responsable de las funciones de planeamiento, racionalización o quien haga sus veces; Que, con Ordenanza Nº 001-2015-MDLP/AL, publicada el 14 de febrero de 2015, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Punta, siendo su última modificatoria la Ordenanza Nº 004-2016MDLP/AL; Que, mediante el Informe Nº 146-2016/MDLP/ GSCDCPM, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal indica que la supervisión y control del cumplimiento de la norma de competencia municipal referida a las notificaciones e imposición de sanciones establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) sea ejecutado por el Departamento de Atención al Vecino de la Gerencia de Rentas; Que, posteriormente, con Memorando Nº 2212016/MDLP/GR, la Gerencia de Rentas señala que las funciones de supervisión y control del cumplimiento de la norma de competencia municipal referida a las notificaciones e imposición de sanciones establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) estaría acorde con sus funciones ya que se completaría el procedimiento. Además, considera cambiar la denominación de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal por la de Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil; Que, con Informe Nº 334 y 339-2016-MDLP-OGA/ URH del 23 y 24 de junio del 2016, respectivamente, la Unidad de Recursos Humanos señala que la modificación propuesta es coherente, por cuanto las funciones de la Policía Municipal, son de carácter fiscalizador y no de seguridad ciudadana, por lo tanto, es pertinente, que pasen a la Gerencia de Rentas, para mejorar el trabajo que realiza dicha Gerencia. A su vez, indica que, en relación a la modificacion del traslado de las funciones de Imagen Institucional de la Oficina de Secretaría General, Archivo e Imagen Institucional a la Alcaldía, implica la modificación del Cuadro para Asignación de Personal y otros Instrumentos de Gestión, resaltando que debe tomarse en cuenta el Artículo 9º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público 2016; Que, mediante Informe Nº 02-2016-MDLP/GM/AS del 22 de junio de 2016, el Asesor II de Gerencia Municipal propone asignar a la Alcaldía la función general de "Dirigir las actividades relacionadas con la Imagen Institucional de la Municipalidad", suprimiéndose dichas funciones en la Oficina de Secretaría General, Archivo e Imagen Institucional. Asimismo, en vista del traslado de funciones de Policía Municipal, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal a la Gerencia

de Rentas, plantea el cambio de denominación de estas unidades orgánicas, pasando de Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal a Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil; y de Gerencia de Rentas a Gerencia de Rentas y Policía Municipal; Que, de otro lado, el numeral 7 del Artículo 37º del TUO del ROF establece que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene la función de conducir el proceso de formulación de instrumentos de gestión tales como: ROF, CAP, etc. Asimismo la Cuarta Disposición Complementaria y Final del referido ROF determina que la Gerencia Municipal con el apoyo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto queda encargada de velar por la permanente actualización y evaluación de dicho instrumento de gestión; Que, con Informe Nº 076-2016-MDLP/OPP del 23 de junio de 2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que, teniendo en consideración los documentos mencionados, ha recogido las propuestas, consolidándolas en su propuesta. De tal forma que se está formulando el traslado de funciones de la Policía Municipal a la Gerencia de Rentas y las de imagen institucional a la Alcaldía. Al mismo tiempo, se está modificando las denominaciones de las unidades orgánicas involucradas en la propuesta. Además, precisa que dichas modificaciones implican modificar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y otros instrumentos de gestión, considerándose también el artículo 9º de la Ley de Presupuesto del Sector Público 2016; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, APROBÓ la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Artículo 1º.- MODIFICAR la denominación de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal y de la División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal por la de Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil y la de División de Seguridad Ciudadana, respectivamente, en la Estructura Orgánica Municipal; en el Texto Único del Reglamento de Organización y Funciones (TUOROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta en el Artículo 9º 26º, 27º numeral 4 y 5, 28º, 57º numeral 15, 62º, 85º, 86º, 87º, 88º, 89º numerales 13, 18 y 27, 90º, 91º numeral 9; y en la denominación que corresponda en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Artículo 2º.- MODIFICAR la denominación de la Oficina de Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional por la de Oficina de Secretaria General, Archivo y Comunicaciones en la Estructura Orgánica Municipal; en el Texto Único del Reglamento de Organización y Funciones (TUOROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta en el Artículo 9º, 40º, 41º, 42º; y en la denominación que corresponda en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Artículo 3º.- MODIFICAR la denominación de la Gerencia de Rentas por la de Gerencia de Rentas y Policía Municipal, y del Departamento de Atención al Vecino por la del Departamento de Atención al Vecino y Policía Municipal, en la Estructura Orgánica Municipal; en el Texto Único del Reglamento de Organización y Funciones (TUOROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta en el Artículo 9º, 40º, 44º, 45º numeral 14, 46º, 47º, 48º, 57º numeral 15 y 18, 59º numeral 14, 86º numeral 6, 89º numeral 25; y en la denominación que corresponda en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Artículo 4º.- MODIFICAR el Artículo 9º, 16º, 41º, 42º, 44º 45º, 47º, 90º y 91º del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta, aprobado por la Ordenanza Nº 001-2015-MDLP/AL, modificado mediante

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