Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2016 (31/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Nº 2 SOLICITANTE ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS COMERCIANTES DEL MERCADO SEÑOR DE LOS MILAGROS COOPERATIVA DE SERVICIOS ESPECIALES MERCADO TUPAC AMARU DE CAMPOY LTDA UBICACION

NORMAS LEGALES
CAMBIO DE ZONIFICACION

Miércoles 31 de agosto de 2016 /

El Peruano

Predio ubicado en el RDM a CV Asentamiento Humano César Vallejo, Mz. S, Lote 1, Distrito de San Juan de Lurigancho. Predio ubicado en los Lotes 1 y RDM a CV 8 de la Manzana J, Urbanización El Valle; haciéndolo extensivo al frente de manzana de la Calle Los Ángeles entre la Avenida C (Bellas Artes) y la Calle Los Cipreses, Distrito de San Juan de Lurigancho. Predio ubicado en la esquina RDM a H2 formada por los jirones Los Filósofos S/N, Los Ingenieros S/N y Los Economistas S/N, Distrito de San Juan de Lurigancho. Predio ubicado en la esquina ZRP a H2 formada por el jirón Tupac Yupanqui Nº 166 y la Av. Los Chasquis S/N, Distrito de San Juan de Lurigancho.

Precisan aspectos edificatorios en predios colindantes a monumentos históricos y/o ambientes urbano monumentales en el Centro Histórico de Lima
ORDENANZA Nº 1986 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de agosto de 2016, el Dictamen Nº 55- MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura. Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA ASPECTOS EDIFICATORIOS EN PREDIOS COLINDANTES A MONUMENTOS HISTÓRICOS Y/O AMBIENTES URBANO MONUMENTALES EN EL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA Artículo Primero.- Precisar que en los predios colindantes a Monumentos Históricos y/o Ambientes Urbanos Monumentales ubicados en el Centro Histórico de Lima, se podrá edificar hasta una altura máxima de 9 mts. de conformidad a lo dispuesto en el Cuadro Nº 01 del Anexo 2 que forma parte de la Ordenanza Nº 893. Artículo Segundo.- Disponer que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.

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CENTRO DE SALUD JAIME ZUBIETA

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CENTRO DE SALUD ZARATE

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ASOCIACIÓN DE Predio ubicado en la Mz. C1, Lote RDM a CV COMERCIANTES SANTA 07, Asentamiento Humano Santa ROSA DEL SAUCE Rosa del Sauce; haciéndolo extensivo al frente de Manzana del Jr. Las Amapolas donde se ubica el predio, entre la Calles S/N y Los Geranios, Distrito de San Juan de Lurigancho.

Artículo Segundo.- Declarar desfavorables las peticiones de cambio de zonificación del Distrito de San Juan de Lurigancho, que a continuación se indica:
Nº 1 SOLICITANTE ABRAHAM GORA RIVERA UBICACION Predio ubicado en el Sublote 4-B con frente a la Calle 4 (Calle Los Duraznos) de la Urbanización Canto Grande ­ Primera Etapa, Distrito de San Juan de Lurigancho.

Lima, 25 de agosto de 2016 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1422248-1

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ASOCIACIÓN PRO- Predio ubicado en la Manzana D´, Lote 2 frente a VIVIENDA LOS ALAMOS DE la Av. Santa Rosa de la Asociación Pro Vivienda CANTO GRANDE Los Alamos de Cantogrande, Distrito de San Juan de Lurigancho. JOSÉ ANTONIO GARNICA Predio ubicado en Urbanización Popular Las FERNANDEZ Y MARIA Flores Mz. 86, Lote 04, frente a la calle Las OLANDINA DIAZ Coralinas, Distrito de San Juan de Lurigancho. FERNANDEZ

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Ratifican designación y designan responsables de atender solicitudes de información pública, así como de elaborar y actualizar el portal de transparencia del INVERMET
RESOLUCIÓN Nº 070-2016-INVERMET-SGP Lima, 22 de agosto de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 0088-2016-INVERMET-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Fondo Metropolitano de Inversiones ­ INVERMET; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con los artículos 3º y 5º de la citada Ley, el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para cuyo efecto deben designar

Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, la modificación aprobada en el Artículo Primero de la ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios del predio indicado en el Artículo Segundo lo dispuesto por la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Publicar en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima el Anexo Nº 1, que forma parte de la presente ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 25 de agosto de 2016 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1422247-1

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