Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2016 (31/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 31 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, mediante Resolución Nº 251-2015-INVERMETSGP del 25 de Setiembre del 2015, se designó a los señores Mariella Falla Chanamé y Fernando Ferreyros Barrantes, como responsables Titular y Suplente de brindar la información pública; y a los señores Jorge Leonardo Valdivia Bancoff y Alberto Arturo Machado Hidalgo como responsables titular y suplente de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET; Que, habiendo dejado de laborar para la entidad los señores Jorge Leonardo Valdivia Bancoff y Alberto Arturo Machado Hidalgo, se propone a los señores José Antonio Saldaña Murrugarra y Hugo Antonio Carpio Salguero como nuevos responsables titular y suplente respectivamente, de elaborar y mantener actualizado el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad; debiendo mantenerse la designación de los servidores designados como titular y suplente de brindar información pública, lo que se debe formalizar a través de la emisión de la correspondiente resolución del titular de la entidad; Con el visado de la Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Planificación y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Acuerdo de Concejo Nº 083 que aprueba Reglamento del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2011- PCM y, el Texto Único Ordenado de la Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la designación de los responsables titular y suplente, para atender las solicitudes de información pública del Fondo Metropolitano de Inversiones- INVERMET, quedando conformado de la siguiente manera:
- Mariella Falla Chanamé - Fernando Ferreyros Barrantes Responsable Titular Responsable Suplente

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Modifican la Ordenanza Nº 286-MDCH, que reguló el Régimen de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Chaclacayo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 360-MDCH Chaclacayo, 20 de julio del 2016 VISTO: El Dictamen Nº 002-2016-CDE, de la Comisión de Desarrollo Económico; el Informe Nº 124-2016-GAJ/MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 343-2016-GDU/MDCH, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 235-2016-DMFMT-GDE-MDCH, de la División de Fiscalización Municipal y Transportes; el Informe Nº 28-2016-GDE-MDCH, de la Gerencia de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 88º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que "Corresponde a las municipalidades provinciales y distritales dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bien común"; Que, el numeral 3 del art. 230º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que "Las autoridades deben prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor, que cumplir las normas infringidas o asumir la sanción. Sin embargo, las sanciones a ser aplicadas deberán ser proporcionales al incumplimiento calificado como infracción, debiendo observar los criterios que se señalan a efectos de su graduación (...)"; Que, mediante Ordenanza Nº 286-MDCH del 26 de marzo del 2013, se reguló el "Régimen de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Chaclacayo"; Que, mediante informe Nº 235-2016-DMFMTGDE/MDCH, la División de Fiscalización Municipal y Transporte, propone la modificación del artículo 22º a través del cual se otorga un rango protagónico a la Gerencia de Desarrollo Económico, como es la de imponer la sanción de multa, que por la naturaleza de la conducta infractora podrá ir acompañada de una medida complementaria; asimismo, solicita incorporar el inciso 22.3) respecto a las Medidas Excepcionales para ejecutar la medida complementaria de Clausura, como el Tapiado de Puertas y Ventanas y el Destapiado respectivamente; Que, asimismo, a través de la Ordenanza Municipal Nº 353-MDCH, del 31 de Mayo 2016, se regula los Horarios de Ejecución de las Obras de Edificaciones Privadas y de los Trabajos de Acondicionamiento y/o refacción en el Distrito de Chaclacayo, en cuyo Artículo Sétimo se establecen las Infracciones y Sanciones; en atención a ello la Gerencia de Desarrollo Económico, mediante Memorando Nº 343-2016-GDU/ MDCH, del 17 de Junio 2016, emite el cuadro del Reglamento de Aplicación de Sanciones, el mismo que debe incorporarse al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones; precisamente en el rubro LICENCIAS Y AUTORIZACIONES URBANAS (010.02); Que, estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el concejo municipal aprobó por unanimidad la siguiente:

Artículo Segundo.- Designar a los Responsables, Titular y Suplente, de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET, conforme al siguiente detalle:
- José Antonio Saldaña Murrugarra - Hugo Antonio Carpio Salguero Responsable Titular Responsable Suplente

Artículo Tercero.- La Secretaria General Permanente estará a cargo de la supervisión de la actualización permanente del Portal de Transparencia Estándar del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET y del cumplimiento de las responsabilidades de brindar información pública a los administrados. Artículo Cuarto.- Notificar la presente Resolución a todos los órganos del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET, al Órgano de Control Institucional y a los responsables ratificados y designados. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar del Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO GONZALES CRIOLLO Secretario General Permanente Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET 1422430-1

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