Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2016 (02/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de diciembre de 2016 /

El Peruano

a) Brindar espacios propicios de socialización e interacción, promoviendo su participación e integración social. b) Actividades de carácter recreativo. c) Favorecer y facilitar la participación activa, concertada y organizada de las personas adultas mayores. d) Desarrollar lazos de mutuo conocimiento y amistad entre los adultos mayores participantes. e) Identificar la problemática de las personas adultas mayores en forma individual, familiar, zonal, distrital y provincial para promover soluciones que permitan el desarrollo de una plena calidad de vida. f) Prevenir los problemas de salud más comunes de este grupo generacional g) Organizar talleres de autoestima, de prevención, de maltrato y de mantenimiento de las funciones mentales. h) Desarrollar talleres para el desarrollo de habilidades laborales y productivas. i) Realizar labores de alfabetización. j) La promoción en la ciudadanía de un trato diligente, respetuoso y solidario con las personas adultas mayores a través de actividades de sensibilización e información. k) La promoción y organización de actividades culturales, físicas y prácticas de carácter recreativo e integrado. l) Implementar paulatinamente servicios básicos integrales y multidisciplinarios para el bienestar y promoción social de las personas adultas mayores y la familia. m) Promover espacios de concertación y alianzas estratégicas interinstitucionales con entidades públicas y privadas con la participación de las personas adultas mayores. n) Promover la constitución y formalización de las organizaciones del adulto mayor. o) El CIAM promoverá el reconocimiento de las organizaciones de la población adulta mayor a través de la Sub Gerencia de la Juventud y Participación Vecinal y la Sub Gerencia de la Mujer y Adulto Mayor, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente, asimismo brindar el reconocimiento como organización social y su registro en el CIAM de la Municipalidad Provincial de Huaura en ficha de registro de organizaciones, la misma que será registrada en la base de datos. TÍTULO VI DE LAS EFEMÉRIDES Artículo 6º.- El CIAM desarrolla actividades en el marco de las siguientes fechas consideradas dentro del calendario cívico alusivas a la persona adulta mayor: a) 26 de agosto : "Día Nacional del Adulto Mayor" b) 15 de junio : "Día mundial de toma de conciencia del abuso y maltrato en la vejez" c) 01 de octubre : "Día Internacional del Adulto Mayor" Adicionalmente: a) 08 de marzo : "Día de la Mujer" b) 2da Semana del mes de mayo : "Día de la Madre" c) 15 de mayo : "Día Internacional de la Familia" d) 3ra Semana del mes de junio : "Día del Padre" e) 21 de setiembre : "Día Mundial del Alzheimer" f) 25 de noviembre : "Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la Mujer" g) 08 de diciembre : "Día Internacional de los Derechos Humanos, en el marco de la Convención Interamericana sobre la protección de los Derechos de las Personas Mayores" TÍTULO VII DE LOS BENEFICIARIOS Artículo 7º.- La población usuaria son las personas adultas mayores de 60 años que residen en el ámbito de

la Provincia de Huaura, a quienes se les motiva para que se organicen e inscriban en el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad provincial de Huaura. TÍTULO VIII DE LA SUPERVISIÓN Y MONITOREO DEL CIAM Artículo 8º.- La Sub Gerencia de la Mujer y Adulto Mayor, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente, para la supervisión de los servicios que brinda el CIAM, utilizará indicadores que muestren los logros y avances alcanzados por el usuario individualmente o a nivel de grupo organizado, para cuyo efecto anualmente establecerá las metas e indicadores respecto de los diferentes servicios que se brindan en el CIAM. Artículo 9º.- La Sub Gerencia de la Mujer y Adulto Mayor, Defensoría Municipal del Niño y Adolescente emitirá informes trimestrales o anuales de los productos obtenidos, lo que se complementará con el registro informatizado de la población individual y grupal, inscrita y participante en el CIAM, de acuerdo al Anexo "A" que es parte integrante del presente acto administrativo. TÍTULO IX DE LA ESTRUCTURA Artículo 10º.- El CIAM, promoverá la creación de los siguientes espacios de participación: a) Red Distrital de organizaciones de personas adultas mayores. b) Redes zonales de organizaciones de personas adultas mayores c) Organizaciones de base de personas adultas mayores. Artículo 11º.- La Red distrital de organizaciones de personas adultas mayores es el espacio de articulación de las Redes Zonales de Organizaciones de personas adultas mayores existentes en el distrito. Artículo 12º.Las Redes zonales de organizaciones de personas adultas mayores son espacios de articulación de las Organizaciones de Base de personas adultas mayores existentes en cada una de las zonas del distrito. Artículo 13º.- Entiéndase por organizaciones de base de personas adultas mayores a toda forma organizativa de personas naturales, jurídicas o de ambas creadas en forma voluntaria, las que a través de una actividad común persiguen la defensa y promoción de sus derechos así como el desarrollo individual y colectivo en el ámbito de su jurisdicción dentro de la Provincia de Huaura conforme a lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 24-2016/ MPH que regula el Registro Único de Organizaciones sociales de la Municipalidad Provincial de Huaura. TÍTULO X DEL INGRESO AL CIAM Artículo 14º.- Las personas adultas mayores residentes en la Provincia de Huaura que deseen inscribirse en los talleres y actividades que promueve el CIAM podrán hacerlo a través de una ficha de registro que estará a cargo de la persona responsable de su funcionamiento, la misma que será registrada en una base de datos, de acuerdo al Anexo "A" que forma parte integrante del presente Reglamento. Artículo 15º.- Una vez inscrita la persona adulta mayor, estará sujeta a respetar y cumplir lo establecido en el presente Reglamento para cuyo efecto suscribirá el Acta de Compromiso correspondiente, que como Anexo "B", forma parte integrante del presente.

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