Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2016 (02/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

605682
CONCEPTO CONDICION

NORMAS LEGALES
AÑO DE LA DEUDA 2016 y años anteriores 2016 2015 2014 2013 2012 2011 2010 2009 y años anteriores MONTO INSOLUTO DE LA DEUDA --6% 8% 10% 30% 40% 50% 70% 90%

Viernes 2 de diciembre de 2016 /

El Peruano

PORCENTAJE DE DESCUENTOS INTERES MORATORIO 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% ACTUALIZACION DE IPM 100% ----------------COSTAS Y GASTOS* 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

IMPUESTO PREDIAL

Paga cualquier periodo

ARBITRIOS MUNICIPALES

Paga cualquier periodo (Deben todo)

2. Los contribuyentes que han sido objeto de un proceso de fiscalización y/o serán objeto de fiscalización durante la vigencia de la presente ordenanza.
PORCENTAJE DE DESCUENTOS CONCEPTO CONDICION Pagar todos los periodos del Impuesto Predial Paga cualquier periodo (Deben todo) AÑO DE LA DEUDA Año que se realizó el proceso de fiscalización y años anteriores Año que se realizó el proceso de fiscalización Años anteriores MONTO INSOLUTO DE LA DEUDA ---100% INTERES MORATORIO 100% 100% 100% ACTUALIZACION DE IPM COSTAS Y GASTOS* 100% 100% 100%

IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES

100% -----

Asimismo, los montos adeudados por el concepto de Multas Tributarias se le aplicarán los descuentos que se detalla a continuación: 1. Los contribuyentes que mantienen deuda tributaria o que de manera voluntaria presenten sus declaraciones juradas de predio.
AÑO DE LA DEUDA 2012 al 2016 2011 y años anteriores REGIMEN DE INCENTIVOS (Art. 179º del TUO del Código Tributario) 90% PORCENTAJE DE DESCUENTOS DESCUENTO 50% 90% INTERES MORATORIO 100% 100% ACTUALIZACION DE IPM 100% 100% COSTAS Y GASTOS 100% 100%

CONCEPTO

CONDICION

MULTA TRIBUTARIA

Paga cualquier periodo

2. Los contribuyentes que han sido objeto de un proceso de fiscalización
PORCENTAJE DE DESCUENTOS CONCEPTO CONDICION Paga cualquier periodo AÑO DE LA DEUDA 2011 al 2016 2010 y años anteriores DESCUENTO 30% 70% INTERES MORATORIO 100% 100% ACTUALIZACION DE IPM 100% 100% COSTAS Y GASTOS 100% 100%

MULTA TRIBUTARIA

Artículo Cuarto.- Requisitos para contribuyentes con proceso de fiscalización Podrán acogerse a la presente ordenanza, los contribuyentes que cumplan con los siguientes requisitos: 1. Los contribuyentes que se encuentran en proceso de fiscalización, deben haber presentado o presentar dentro de la vigencia de la presente ordenanza la declaración jurada rectificatoria a consecuencia del proceso de fiscalización iniciado al contribuyente. 2. En el caso de los contribuyentes que mantengan la condición de subvaluadores u omisos que se acojan a la presente ordenanza y presenten la respectiva declaración jurada, deberán permitir el ingreso al predio para realizar la inspección correspondiente, brindando las facilidades del caso para su realización. 3. Firmar las fichas de fiscalización, para los puntos 1 y 2. Artículo Quinto.- Precisiones respecto a los beneficios establecidos Se debe tener presente lo siguiente:

1. El presente beneficio será aplicado a las deudas pendientes de pago y las obligaciones generadas dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. 2. Los montos sujetos a los beneficios se cancelarán al contado por año o trimestre. 3. No se podrá realizar fraccionamiento sobre los montos resultantes del beneficio establecido en la presente ordenanza. 4. En el caso de deuda generada producto de un proceso de fiscalización, para la condonación del 100% del insoluto de los arbitrios municipales por ejercicios anteriores al año que se realizó la fiscalización, se tendrá que realizar la cancelación del total de la deuda por Impuesto Predial de dicho año. 5. Se aplicará el beneficio tributario en el caso de las Multas Tributarias, al día siguiente de culminada la vigencia de la presente Ordenanza, con la verificación de los pagos de acuerdo al cuadro anterior. 6. Asimismo se deberá tener en cuenta lo siguiente, por concepto de pagos parciales por deuda fiscalizada:

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