Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2016 (15/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 15 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606405

"Artículo 2.- Designar a los miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní, el cual quedará conformado por las siguientes personas: - SONIA VERONICA ZAPATA GOTELLI, quien lo presidirá - DANIEL ALFARO PAREDES - DIANA ELIZABETH PRUDENCIO GAMIO - IVAN ARMANDO CASTILLO CUADRA - ANGELICA MARIA MONTANE LORES - FELIPE AUGUSTO INJOQUE ESPINOZA" Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1463865-2

conformación del Comité Central de Control Interno del Ministerio de Educación; Que, por lo anteriormente expuesto, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial N° 574-2015-MINEDU, que conforma el Comité Central de Control Interno del Pliego 010: Ministerio de Educación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado; en la Resolución de Contraloría General N° 149-2016-CG; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 574-2015-MINEDU, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1.- Conformación del Comité Central de Control Interno del Ministerio de Educación Conformar el Comité Central de Control Interno del Ministerio de Educación, el mismo que tiene como objetivo supervisar y regular las acciones y actividades de los Comités de Control Interno de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, estando conformado por los siguientes funcionarios: Miembros Titulares: - El/la Viceministro/a de Gestión Institucional, quien lo preside. - El/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica. - El/la Secretario/a General. - El/la Secretario/a de Planificación Estratégica. - El/la Jefe/a de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, quien tendrá las funciones de Secretario/a Técnico/a. - El/la Jefe/a del Órgano de Control Institucional, como veedor. Miembros Suplentes: - Un/a Asesor/a del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional. - Un/a Asesor/a del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica. - Un/a Asesor/a de la Secretaría General. - El/la Jefe/a de la Unidad de Organización y Métodos. - Un/a Especialista de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción. Los miembros titulares solo en casos de ausencia debidamente justificada, y no por más de dos sesiones al año, pueden solicitar ser reemplazados en las sesiones del Comité por los miembros suplentes, quienes gozan de las mismas atribuciones. La participación de los miembros suplentes durante el proceso de implementación del Sistema de Control Interno, está orientada al apoyo del seguimiento y monitoreo del cumplimiento de las acciones de cada una de las fases del proceso de implementación. Los miembros titulares acreditarán a sus suplentes mediante comunicación escrita dirigida al presidente del Comité." Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1463613-1

Modifican artículo de la R.M. N° 5742015-MINEDU, relativo a la conformación del Comité Central de Control Interno del Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 626-2016-MINEDU Lima, 14 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las entidades del Estado, en adelante la Ley, tiene por objeto establecer las normas para regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del control interno en las entidades del Estado, con el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior, contra los actos y prácticas indebidas o de corrupción, propendiendo al debido y transparente logro de los fines, objetivos y metas institucionales; estableciéndose, en su artículo 6, las obligaciones del Titular y funcionarios de la entidad, relativas a la implantación y funcionamiento del control interno; Que, el artículo 4 de la Ley establece que las entidades implantan obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales; Que, con Resolución Ministerial N° 574-2015-MINEDU se conformó el Comité Central de Control Interno del Ministerio de Educación, que tiene como objetivo supervisar y regular las acciones y actividades de los Comités de Control Interno de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, y se encuentra integrado por el/la Viceministro/a de Gestión Institucional, quien lo preside, el/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica, el/la Secretario/a General, y el/la Jefe/a del Órgano de Control Institucional, como veedor; Que, la actividad 2 del inciso 7.2.1 del sub numeral 7.2 del numeral 7 de la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD denominada "Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado", aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 149-2016-CG, señala que el Comité de Control Interno está conformado por un presidente, un secretario técnico y miembros. El referido Comité en su totalidad está conformado por un mínimo de cinco y un máximo de siete miembros titulares, con igual número de suplentes, los que deben ocupar cargos directivos con capacidad y atribuciones para la toma de decisiones; Que, mediante el Informe N° 248-2016-MINEDU/SGOTEPA la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción señala que, teniendo en cuenta la referida Directiva y considerando los acuerdos adoptados por los miembros del referido comité en la sesión del 29 de setiembre de 2016, resulta necesario modificar la

Aprueban Norma Técnica "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 627-2016-MINEDU Lima, 14 de diciembre de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.