Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2016 (15/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Jueves 15 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1463876-8

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RESOLUCIÓN SUPREMA N° 261-2016-JUS Lima, 14 de diciembre de 2016 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 0572016/COE-TC, del 23 de mayo de 2016, sobre la solicitud de extradición activa a la República Argentina de la ciudadana peruana BERNARDINA ASUNCIÓN NIQUÉN GIRALDO, formulada por el Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva del 10 de marzo de 2016 que integra los Votos de los jueces supremos del 19 de enero de 2016 y del 09 de marzo de 2016, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana BERNARDINA ASUNCIÓN NIQUÉN GIRALDO, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos contra la Paz Pública - Asociación Ilícita; y Corrupción de Funcionarios - Cohecho Pasivo Propio, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 02 - 2016); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 057-2016/COE-TC, del 23 de mayo de 2016, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición activa; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en la ciudad de Buenos Aires el 11 de junio de 2004, vigente desde el 19 de julio de 2006; En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana BERNARDINA ASUNCIÓN NIQUÉN GIRALDO, formulada por el Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos contra la Paz Pública - Asociación Ilícita y Corrupción de Funcionarios - Cohecho Pasivo Propio, en agravio del Estado peruano, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1096/RE-2016 Lima, 13 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, entre el 19 y el 20 de diciembre de 2016, se realizarán en Buenos Aires, Argentina, la "I Reunión del Mecanismo Permanente de Promoción Comercial, Inversiones y Turismo" y la "III Reunión de la Subcomisión de Asuntos Económicos Financieros" Perú-Argentina, con la finalidad de efectuar el seguimiento a temas de importancia bilateral vinculados al área económica, de promoción y facilitación del comercio, medidas sanitarias y fitosanitarios, medidas de defensa comercial, entre otros aspectos vinculados al comercio bilateral; Que durante los referidos mecanismos de consultas bilaterales especializadas se tiene previsto abordar, además, aspectos vinculados a la cooperación bilateral en materia aduanera, de derechos de propiedad intelectual, transporte internacional terrestre, salud, facilitación del envío de remesas para ayuda familiar, entre otros; Que, asimismo, las citadas reuniones constituyen una oportunidad para fortalecer la relación económicocomercial con Argentina, incluyendo la posibilidad de evaluar la eventual profundización del Acuerdo bilateral de Complementación Económica (ACE) N° 58; la mejora en la protección de la Denominación Origen Pisco; el intercambio de información sobre el proceso de acercamiento del Perú y de Argentina a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), así como otros temas de negociaciones comerciales al interior de la Organización Mundial del Comercio (OMC); Que, corresponde que el Embajador Javier Manuel Paulinich Velarde, Director General para Asuntos Económicos, presida la "III Reunión de la Subcomisión de Asuntos Económicos Financieros Perú-Argentina", considerando que esa Dependencia es el órgano de línea responsable de desarrollar las acciones de política exterior, entre otros, en el ámbito de las negociaciones económicas comerciales y de cooperación internacional; Que, a solicitud de la Dirección General de Promoción Económica se ha autorizado al Embajador Javier Paulinich Velarde para que presida también la "I Reunión del Mecanismo Permanente de Promoción Comercial, Inversiones y Turismo Perú-Argentina"; Que resulta conveniente que el Ministro Consejero Pedro Antonio Bravo Carranza, Subdirector de Acuerdos Regionales de la Dirección General para Asuntos Económicos, y funcionario a cargo del seguimiento de los temas de agenda económica ­ comercial con Argentina, forme parte de la delegación peruana que participará en las referidas reuniones; Que, se estima importante la participación del Director General para Asuntos Económicos, y del Subdirector de Acuerdos Comerciales, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema;

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