Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2016 (20/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 20 de diciembre de 2016 /

El Peruano

competente para conocer la verificación de los certificados o constancias correspondientes. Artículo 6. - De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y anexo en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha en que se publique en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1465106-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa Materiales Sanitarios S.A. - MATESA como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5827-2016-MTC/15 Lima, 7 de diciembre de 2016 VISTOS: La solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-2933992016, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva señala que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante la Hoja de Ruta Nº E-293399-2016 del 27 de octubre de 2016, la empresa MATERIALES SANITARIOS S.A. - MATESA, en adelante La Empresa, solicitó la renovación de su autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. Nicolás Arriola Nº 3125, Urb. El Mercurio, distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima; sin embargo, La Directiva no contempla el referido procedimiento, por lo que se procedió a encauzar lo solicitado por la empresa como autorización de Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, con la finalidad de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión;

Que, mediante Oficio Nº 7243-2016-MTC/15.03, notificado el 09 de noviembre de 2016, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-309985-2016 del 15 de noviembre de 2016, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el oficio indicado; Que, de acuerdo al Informe Nº 1445-2016-MTC/15.03, elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa MATERIALES SANITARIOS S.A. - MATESA como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV", aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la empresa MATERIALES SANITARIOS S.A. - MATESA como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión, actividad que deberá realizar en Av. Nicolás Arriola Nº 3125, Urb. El Mercurio, distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- La empresa MATERIALES SANITARIOS S.A. - MATESA bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller Fecha máxima de presentación 19 de enero de 2017 19 de enero de 2018 19 de enero de 2019 19 de enero de 2020 19 de enero de 2021

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa MATERIALES SANITARIOS S.A. - MATESA bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha máxima de presentación 10 de febrero de 2017 10 de febrero de 2018 10 de febrero de 2019 10 de febrero de 2020 10 de febrero de 2021

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