Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Establecen competencia de Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, para el periodo 2017
RESOLuCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5085-2016-MP-FN Lima, 28 de diciembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 800-2016-MP-FN, de fecha 19 de febrero de 2016, se dispuso, entre otros, el establecimiento de las competencias de las Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima. Que, con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 883-2016-MP-FN, de fecha 25 de febrero de 2016, se dispuso que la competencia de las Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, establecida mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 800-2016-MP-FN, de fecha 19 de febrero de 2016, será en forma rotativa anualmente, previo acuerdo de los Fiscales Superiores que integran dichas Fiscalías, quienes deberán remitir el acta de acuerdo de competencia debidamente suscrita por los titulares de Despacho, la última semana del mes de noviembre de cada año. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3356-2016-MP-FN, de fecha 26 de julio de 2016, se modificó la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 800-2016-MP-FN, ello en atención a los cambios efectuados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto a la distribución de la carga de los procesos contenciosos administrativos. Que, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 883-2016-MPFN, de fecha 25 de febrero de 2016, la Fiscal Superior Titular designada en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima remitió, dentro del plazo señalado, el acta suscrita por los Fiscales Superiores de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Octava Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, así como los Fiscales Adjuntos Superiores de la Séptima y Novena Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, en la que acuerdan por unanimidad las competencias de los despachos fiscales a su cargo. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer la competencia de las nueve Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, del 01 de enero al 31 de diciembre de 2017, conforme a las materias siguientes: - La Primera, Cuarta, Quinta y Novena Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, conocerán los procesos judiciales que remitan las Salas Superiores Laborales de Lima, con competencia en asuntos contenciosos administrativos laborales y previsionales. - La Tercera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, conocerá los procesos judiciales que remitan las Salas Superiores Contencioso Administrativa de Lima, con competencia en materia tributaria y aduanera. - La Segunda, Sexta, Séptima y Octava Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, conocerán los procesos judiciales que remitan las Salas Superiores Contencioso Administrativa de Lima, con competencia en temas de mercado y los procesos contenciosos administrativos que no sean laborales, previsionales, tributarios, ni aduaneros. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema

de Justicia de la República, Fiscal Suprema Titular de la Fiscalía Suprema Civil, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema en lo Contencioso Administrativo, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema Transitoria en lo Contencioso Administrativo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese y comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1468408-2

Dan por concluidas designaciones de fiscales en diversos Distritos Fiscales
RESOLuCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5086-2016-MP-FN Lima, 28 de diciembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 150-2016-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2016, se resolvió aceptar la renuncia formulada por el abogado Miguel Ángel Silva Ormeño, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima; por lo que, se hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho de la Décima Primera Fiscalía Provincial Civil de Lima, con efectividad al 15 de diciembre de 2016. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Miguel Ángel Silva Ormeño, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Décima Primera Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1009-2011-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2011, con efectividad al 15 de diciembre de 2016. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1468408-3 RESOLuCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 5087-2016-MP-FN Lima, 28 de diciembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 151-2016-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2016, se resolvió aceptar la renuncia formulada por el abogado Erick Veramendi Flores, al cargo de Fiscal Provincial Titular de Familia del Callao, Distrito Fiscal del Callao; por lo que, se hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial de Familia del Callao, con efectividad al 14 de diciembre de 2016.

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