Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 153

El Peruano / Jueves 29 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de octubre de 2016, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Alexander Marcos Valdivia Laguna postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Alexander Marcos Valdivia Laguna, con matrícula número N-4455, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1467454-1

Opinan favorablemente para que la Financiera TFC emita instrumentos representativos de deuda subordinada computable como patrimonio efectivo de nivel 2, en el marco del Primer Programa de Bonos Subordinados de la Financiera TFC
RESOLuCIÓN S.B.S. Nº 6525-2016 Lima, 14 de diciembre de 2016 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES. VISTA: La solicitud presentada por la Financiera TFC para que se otorgue opinión favorable para la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada computable como patrimonio efectivo de nivel 2, en el marco del Primer Programa de Bonos Subordinados de la Financiera TFC, hasta' por un monto de US $ 9'000,000.00 (Nueve Millones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en soles; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, en el artículo 284°, faculta a las empresas financieras a emitir y colocar subordinados de

diversos tipos y en diversas monedas, siempre que sean de su propia emisión; Que, el artículo 232° de la Ley General, establece que la emisión de bonos subordinados debe ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar esta facultad en el Directorio, y que la emisión de tales instrumentos requiere opinión favorable de esta Superintendencia; Que, mediante Resolución SBS N° 975-2016 del 24 de febrero del 2016, se aprobó el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero, en adelante el Reglamento; Que, el artículo 4° del Reglamento establece que las empresas comprendidas en el literal A del artículo 16° de la Ley General requieren opinión favorable de esta Superintendencia para emitir instrumentos representativos de deuda subordinada; Que, el artículo 16° del Reglamento establece las condiciones para que la deuda subordinada redimible pueda ser considerada como parte del patrimonio efectivo de nivel 2; Que, la Junta General de Accionistas (JGA), en sesión celebrada el 18 de marzo de 2015, acordó, por mayoría calificada, lo .siguiente: i) Aprobar la emisión de deuda subordinada mediante el Primer Programa de Bonos Subordinados; de Financiera TFC, hasta por un monto de emisión de US $ 9 000,000.00 (Nueve Millones y 00/100 de dólares americanos) o su equivalente en soles, redimibles y no convertibles en acciones por un plazo de hasta diez (10) años y con tipo de emisión pública (a través de una trámite anticipado) y/o privada; ii) Delegar en el Directorio las facultades de acordar y aprobar los términos, demás características y condiciones no aprobadas por la JGA, sus emisiones y series, de ser el caso. Que, el Directorio de la Financiera, en sesión celebrada el 22 dé abril de 2015, aprobó los términos, características y condiciones del primer Programa de Bonos Subordinados de Financiera TFC y la delegación de facultades en ios señores Andrés Muñoz Ramírez y Oscar Lozán Luyo, para que cualquiera de ellos, actuando individualmente, pueda de manera expresa y dentro de lo acordado por la Junta General de Accionistas del 18 de marzo de 2015, ejercer las facultades necesarias para determinar los términos, características y demás condiciones con contempladas en el acuerdo por el Directorio; Que, la Financiera ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento N° 111 "Pronunciamiento sobre la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada - Empresas del Sistema Financiero" del Texto único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-201 1 y modificatorias; Que, asimismo, el programa de bonos subordinados, cuya opinión favorable se solicita, reúne las características de la deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo de nivel 2, señaladas en el artículo 233° de la Ley General y en el artículo 16° del Reglamento; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D", el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que la Financiera TFC emita instrumentos representativos de deuda subordinada computable como patrimonio efectivo de nivel 2, en el marco del Primer Programa de Bonos Subordinados de ia Financiera TFC, hasta por un monto de US $ 9'000,000.00 (Nueve Millones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en soles. Artículo Segundo.- Precisar que la Financiera deberá cumplir en todo momento con los límites establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 185°, de la Ley General; así como los requisitos aplicables para el cómputo de

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