Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 157

El Peruano / Jueves 29 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES
POR CUANTO

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Que, mediante Dictamen Nº 003-2015-CDSDHMFCR-G.R.PASCO de fecha 14 de agosto de 2015, emitido por la Comisión de Desarrollo Social, Derechos Humanos de la Mujer y la Familia, en uso de las facultades mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 002-2015-G.R.PASCO/ CR, concordante con la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, DICTAMINA por unanimidad y remite ante el Consejo Regional para su aprobación por el Pleno del Consejo Regional, el Proceso de Designación de los Directores Regionales Sectoriales; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en su Décima Sexta Sesión Ordinaria de fecha dieciocho de agosto de dos mil quince, y en cumplimiento a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, aprobado con Ordenanza Regional Nº 368-2015-G.R.PASCO/CR, por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DISPONER al Gobernador Regional de Pasco, para que el Proceso de Designación de los Directores Regionales Sectoriales de Pasco, deba ser seleccionada mediante Concurso de Méritos, a propuesta del respectivo Gerente Regional, en aplicación de la Ley Nº 28926 Art. 2º. Artículo Segundo.- INSTAR al Gobernador Regional Pasco, según su competencia disponer a los órganos competentes, la elaboración de los lineamientos del concurso de méritos, normas y procedimientos, a partir de su promulgación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional Pasco, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Pasco. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil quince. JUAN ANTONIO GALARZA VEGA Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los 20 de diciembre de 2016. TEODULO V. QUISPE HUERTAS Gobernador Regional 1467452-1

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 22 de diciembre de 2016, los Dictámenes Nºs. 142-2016-MMLCMAL y 23-2016-MML-CMPVSCM de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Participación Vecinal, Servicios a la Ciudad y de la Mujer, y; De conformidad con lo dispuesto por los numerales 3) y 8) del artículo 9º, artículo 40º y numerales 2) y 4) del artículo 157º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QuE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 1782, QuE REguLA LAS juNTAS VECINALES COMuNALES, LA juNTA DE DELEgADOS COMuNALES Y EL CONSEjO DE DESARROLLO LOCAL DEL CERCADO DE LIMA Artículo Primero.- Modificar los artículos 4º, 9º, 12º, 16º, 18º, 25º, 26º, 27º, 28º, 29º, 30º, 32º, 37º, 40º, 42º, 44º, 45º, 47º, 49º, 52º, 55º y 56º de la Ordenanza Nº 1782, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: "Artículo 4.- Definiciones. Las Juntas Vecinales Comunales y las Juntas de Delegados Comunales, son organismos de representación vecinal de distinto nivel en todo el Cercado de Lima. El Consejo de Desarrollo Local - CODEL es un mecanismo de participación, coordinación y concertación de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Tienen como función central velar por los intereses de la comunidad así como el cumplimiento de los acuerdos que se adopten a favor de su circunscripción territorial. (...) La Junta de Delegados Comunales es el órgano de coordinación comunal del Cercado de Lima, está conformado por veintitrés (23) integrantes: veinte (20) representantes de las Juntas Vecinales Comunales, y tres (3) representantes de organizaciones sociales. Está presidido por el Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima quien podrá delegar dicha función en el Gerente de Participación Vecinal. El Consejo de Desarrollo Local del Cercado de Lima CODEL, es un mecanismo de participación, coordinación y concertación de la Municipalidad Metropolitana de Lima con los representantes vecinales de los ciudadanos y ciudadanas del Cercado de Lima. Está conformado por doce (12) miembros; seis (6) representantes vecinales del Cercado de Lima y seis (6) miembros permanentes los cuales corresponden a los gerentes de línea o sus representantes, convocados por el Gerente de Participación Vecinal conforme la problemática a tratar. El Gerente de Participación Vecinal o su representante lo presidirá." "Artículo 9.- Periodicidad de reunión de la junta Vecinal - y reunión de ésta con la asamblea de vecinos. Las Juntas Vecinales Comunales se reunirán ordinariamente con la asamblea de vecinos del sector territorial que representan cuatro (4) veces al año. Adicionalmente, podrán ser convocadas en forma extraordinaria por el Coordinador General o por no menos de cuatro (4) de los miembros de la correspondiente Junta Vecinal Comunal, cuando el Coordinador General se encuentre materialmente impedido o se niegue a realizar la convocatoria. En dichas asambleas, cuando menos, se deberá informar de las actividades ejecutadas, las mismas que deben estar contenidas en el Libro de Actas legalizado de la Junta Vecinal." "Artículo 12.- Funciones de la junta Vecinal Comunal. Las Juntas Vecinales Comunales estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales."

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican la Ordenanza N° 1782, que reguló las Juntas Vecinales Comunales, la Junta de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo Local del Cercado de Lima
ORDENANZA Nº 2017 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

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