Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2016 (09/01/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 27
El Peruano / Sábado 9 de enero de 2016
NORMAS LEGALES
575053
Procuradores Públicos, cuyo ente rector es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y está representado por el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, teniendo como función representar y defender jurídicamente al Estado en los temas que conciernen a la entidad de la cual dependen administrativamente o en aquellos procesos que por su especialidad asuman y los que de manera específica les asigne el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; Que, la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, dispone que el Seguro Integral de Salud presente una propuesta de incorporación de una Procuraduría Pública a su estructura orgánica, una vez que concluya el proceso de adecuación de la entidad y conforme a las necesidades en el marco del aseguramiento universal en salud; Que, por otro lado, mediante Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Unidad Ejecutora Fondo Intangible Solidario de Salud FISSAL sobre la base del fondo creado por la Ley Nº 27656, Ley de Creación del Fondo Intangible Solidario de Salud, y se constituye como Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud IAFAS; Que, habiendo concluido el proceso de adecuación del Seguro Integral de Salud (SIS) como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud IAFAS, resulta necesario incorporar un órgano de Procuraduría Pública, de conformidad con lo señalado en la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; y, asimismo incorporar a la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud Pública Fondo Intangible Solidario de Salud FISSAL como órgano desconcentrado de dicha entidad, por lo que corresponde modificar el Reglamento de Organización y Funciones al que se ha hecho mención precedentemente, de conformidad con los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006PCM; Que, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido opinión favorable a la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, mediante el Informe Nº 024-2015-PCM-SGP.RFN; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Modificación de los artículos 6, 7 y 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - SIS Modifíquese el numeral 6.15 e incorpórese los numerales 6.16 y 6.17 en el artículo 6 y modifíquese los artículos 7 y 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, los cuales quedan redactados en los siguientes términos: "Artículo 6.- De las Funciones Generales del Seguro Integral de Salud SIS (...) 6.15 Financiar las prestaciones de salud y otras, que su plan de beneficios le faculte, así como aquellas atenciones referidas a las enfermedades de alto costo y la atención de salud de las personas con enfermedades raras o huérfanas y las que se establezcan por ley, correspondientes al Fondo Intangible Solidario de Salud FISSAL. 6.16 Establecer Convenios con otras IAFAS públicas, con cargo a sus propios presupuestos, para gestionar el
uso de recursos dirigidos a brindar prestaciones de alto costo a los asegurados de dichas IAFAS públicas. 6.17 Las demás competencias que se determinen, mediante otras normas de desarrollo de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud." "Artículo 7.- Del Marco Legal 7.1 Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. 7.2 Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. 7.3 Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud. 7.4 Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA. 7.5 Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud. 7.6 Decreto Legislativo Nº 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud. 7.7 Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud. 7.8 Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud. 7.9 Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ROF por parte de las entidades públicas". "Artículo 8.- De la estructura orgánica Para el cumplimiento de sus funciones, el Seguro Integral de Salud SIS, cuenta con la estructura orgánica siguiente: 01 ALTA DIRECCION 01.1 Jefatura del SIS 01.2 Secretaría General 02 ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL 02.1 Órgano de Control Institucional 03 ORGANO DE DEFENSA JURIDICA 03.1 Procuraduría Pública 04 ORGANOS DE ASESORAMIENTO 04.1 Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional 04.2 Oficina General de Asesoría Jurídica 05 ORGANOS DE APOYO 05.1 Oficina General de Administración de Recursos 05.2 Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia 05.3 Oficina General de Tecnología de la Información 06 ORGANOS DE LINEA 06.1 Gerencia del Asegurado 06.2 Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones 06.3 Gerencia de Negocios y Financiamiento 07 ORGANOS DESCONCENTRADOS 07.1 Gerencia Macro Regional 07.2 Fondo Intangible Solidario de Salud FISSAL. Artículo 2.- Modificación de denominación de Capítulo III del Título II del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud SIS e incorporación de artículos 15-A y 15-B