Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2016 (12/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que Establece la Eliminación Progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo N° 1057, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente dar por concluida la designación del Médico Cirujano Sergio Eli Recuenco Cabrera en el cargo de Director General del Centro Nacional de Salud Pública y designar al profesional que lo reemplazará; Con el visado de la Sub Jefa y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales; en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y sus modificatorias. y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2013-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del Médico Cirujano Sergio Eli Recuenco Cabrera en el cargo de Director General del Centro Nacional de Salud Pública, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano", dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al Médico Cirujano Luis Alberto Vergara Fernández en el cargo de Director General del Centro Nacional de Salud Pública, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO GOZZER INFANTE Jefe 1332445-1

la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe Nº 020-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 007-2016/ OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 7892011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 0062014-EF, disponen como funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar y proponer Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado, en coordinación con los órganos de línea del OSCE; así como elaborar manuales y otros instructivos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la orientación en materias de su competencia; Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa es responsable de la formulación de Directivas, Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la mejora del sistema de contratación pública, así como de mantener actualizados los instrumentos normativos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado; Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de Normatividad, a través del Informe Nº 020-2016/DTN, propone el proyecto de Directiva "Acciones de supervisión a pedido de parte"; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 009-002-2016/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 281-2012OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 006-2012-OSCE/ CD, que establece el procedimiento de "Elevación de Observaciones a las Bases y emisión de pronunciamiento" y la Resolución Nº 453-2007-CONSUCODE/PRE que aprobó la Directiva Nº 012-2007-CONSUCODE/PRE para la "Tramitación de denuncias presentadas por los usuarios del sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado, sobre trasgresiones a la normativa de contratación pública", y aprobar la Directiva "Acciones de supervisión a pedido de parte"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con las visaciones de la Dirección Técnico

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Aprueban la Directiva "Acciones supervisión a pedido de parte"
RESOLUCIÓN Nº 016-2016-OSCE/PRE Jesús María, 9 de enero de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCECD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a

de

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