Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2016 (12/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 12 de enero de 2016 /

El Peruano

Estado, capacidad libre de contratación e informativa de no estar inhabilitado o suspendido en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)", que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Directiva Nº 013-2016-OSCE/CD entrará en vigencia en la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano de la norma que apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 013-2016-OSCE/ CD, aprobada en el artículo precedente, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1332208-5

Aprueban la Directiva "Disposiciones aplicables al procedimiento de actualización de información en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"
RESOLUCIÓN Nº 021-2016-OSCE/PRE Jesús María, 11 de enero de 2016 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 003-2016/OSCECD, de fecha 10 de enero de 2016, correspondiente a la Sesión Extraordinaria Nº 001-2016/OSCE-CD, el Informe Nº 014-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 008-2016/ OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, disponen como funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar y proponer Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado, en coordinación con los órganos de línea del OSCE; así como elaborar manuales y otros instructivos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la orientación en materias de su competencia; Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa es responsable de la formulación de Directivas, Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y a la mejora del sistema de contratación pública, así como de mantener actualizados los instrumentos normativos referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado;

Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de Normatividad, a través del Informe Nº 014-2016/DTN, propone el proyecto de Directiva sobre "Disposiciones aplicables al procedimiento de actualización de información en el Registro Nacional de Proveedores"; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de Contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 004-003-2016/OSCE-CD de la Sesión Extraordinaria Nº 001-2016/OSCE-CD, de fecha 10 de enero de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 289-2012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 014-2012-OSCE/CD "Disposiciones Aplicables a los procedimientos de comunicación de ocurrencias y modificación de datos de la relación de sancionados publicada en el portal institucional del OSCE", y aprobar la Directiva "Disposiciones aplicables al procedimiento de actualización de información en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal k) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 014-2016OSCE/CD "Disposiciones aplicables al procedimiento de actualización de información en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)", que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Directiva Nº 014-2016-OSCE/CD entrará en vigencia en la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano de la norma que apruebe el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 2892012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 014-2012OSCE/CD "Disposiciones Aplicables a los procedimientos de comunicación de ocurrencias y modificación de datos de la relación de sancionados publicada en el portal institucional del OSCE". Artículo 4º.- Publicar la Directiva Nº 014-2016-OSCE/ CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1332208-6

Aprueban la Directiva "Procedimiento para la inscripción y renovación de inscripción de proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)"
RESOLUCIÓN Nº 022-2016-OSCE/PRE Jesús María, 11 de enero de 2016

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