Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2016 (13/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Miércoles 13 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

575301

autoridad competente establece el protocolo de monitoreo de la calidad ambiental del agua, en coordinación con el MINAM y la participación de los sectores respectivos; Que, el "Protocolo Nacional de Monitoreo de la Calidad de los Cuerpos Naturales de Agua Superficial" fue aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 182-2011-ANA; Que, con Resolución Jefatural Nº 251-2015-ANA se prepublicó un proyecto de protocolo nacional de monitoreo de la calidad de los cuerpos naturales de agua superficial, para que durante el plazo de quince (15) días hábiles, se reciban los opiniones y comentarios respectivos; Que, con documento del visto, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos remite el Informe Técnico Nº 175-2015-ANA-DGCRH/GECRH-MEPB/KH y la nueva propuesta de Protocolo que propone estandarizar criterios y procedimientos técnicos para evaluar la calidad de los recursos hídricos, continentales y marino costeros, considerando las normas internacionales en su última actualización y estableciendo mayores precisiones para el monitoreo; propuesta que contempla los aportes, comentarios y sugerencias efectuados por las autoridades ambientales correspondientes; Que, en tal sentido el citado informe recomienda se apruebe el Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos, ello en cumplimiento a lo previsto en el artículo 6º de las Disposiciones para la Implementación de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para agua, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 023-2009-MINAM, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2015-MINAM; Que, por lo expuesto resulta necesario dictar el acto administrativo que apruebe el Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos, y deje sin efecto la Resolución Jefatural Nº 182-2011-ANA; y Con el vistos de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación Aprobar el "Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales", que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y del Protocolo aprobado mediante el artículo precedente en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe. Artículo 3º.- Derogatoria Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 182-2011ANA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1332776-1

Que, a fin que el normal desarrollo del órgano desconcentrado antes mencionado no se vea afectado resulta necesario encargar las funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir de la fecha, las funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra Chincha, al señor JORGE JUAN GANOZA RONCAL. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1332775-1

CULTURA
Designan Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 005-2016-MC Lima, 11 de enero de 2016 VISTO, la Carta renuncia presentada; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, estableciéndose en su artículo 77 que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, el cargo de Director General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, es considerado como cargo estructural de Director de Programa Sectorial IV, de confianza, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial Nº 334-2014-MC y reordenado mediante Resolución Ministerial Nº 454-2015-MC; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 3712013-MC de fecha 23 de diciembre de 2013, se designó a la señora Mariela Ninna Noriega Alegría en el cargo de confianza de Directora General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura; Que, conforme el documento del visto, se ha estimado pertinente aceptar la renuncia formulada por la señora Mariela Ninna Noriega Alegría, y designar a la persona que desempeñe las funciones de Director General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158,

Encargan funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra Chincha
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 012-2016-ANA Lima, 12 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha;

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