Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2016 (13/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

575304 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de enero de 2016 / El Peruano Artículo 3.- Dejar sin efecto el numeral 5 del Artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 879/INC del 04 de diciembre del 2003, que aprueba el Plano de Delimitación de la Segunda Huaca Santa Catalina Nº 009-INC-COFOPRI-2003. Artículo 4.- Aprobar la actualización catastral del Sitio Arqueológico Segunda Huaca Santa Catalina y consecuentemente el Expediente Técnico de Delimitación (Plano de Delimitación, Memoria Descriptiva y Ficha Técnica) de acuerdo al plano, área y perímetro que se consigna a continuación: Nombre del Sitio Arqueológico Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Segunda Huaca Santa Catalina PP-005_MC_DGPA- DSFL-2014 WGS84 2 759.44 0.2759 205.89 Artículo 5º.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 2 y del plano señalado en el artículo 4 de la presente Resolución. Artículo 6º.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el Sitio Arqueológico Segunda Huaca Santa Catalina deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 7º.- Remitir copia certifi cada de la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de La Victoria, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1332430-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar FAP a Paraguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2016-DE Lima, 12 de enero de 2016 Visto el Ofi cio N° 00136-2016-PCM/SG de fecha 12 de enero de 2016 del Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ofi cio NC-60-G842-N°0020 de fecha 12 de enero de 2016 del Comandante del Grupo Aéreo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Hércules L-100-20 FAP 397, que permitirá realizar el Traslado de Ayuda Humanitaria a la ciudad de Asunción – República del Paraguay, del 13 al 14 de enero de 2016; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002- 2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015- DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que conformará la tripulación principal y alterna de la aeronave Hércules L-100-20 FAP 397, que permitirá realizar el Traslado de Ayuda Humanitaria a la ciudad de Asunción – República del Paraguay, del 13 al 14 de enero de 2016: AERONAVE HÉRCULES L-100-20 FAP 397 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Comandante FAP ERICK RENZO OBLITAS YABAR Piloto NSA: O-9588891 DNI: 07869954 Comandante FAP MANFRED WILMAR RONDON LLAZA Piloto NSA: O-9597991 DNI: 09341097 Comandante FAP FERNANDO SALES RUIZ Piloto NSA: O-9591391 DNI: 43567055 Comandante FAP CARLOS ERICK CHAVEZ AREVALO Piloto NSA: O-9631893 DNI: 43383834 Técnico de 1ra. FAP JAVIER AGUSTIN RIVAS BRONCANO Ing. de Vuelo NSA: S-60569188 DNI: 31617697 Técnico de 1ra. FAP JOSE LUIS SEGOVIA COAGUILA Ing. de Vuelo NSA: S-60432884 DNI: 43781209 Técnico Inspector FAP LIBORIO ESTEBAN SANTOS PURISACA Maestro de Carga NSA: S-60395983 DNI: 43571207 Técnico Inspector FAP GABRIEL ARCANGEL PEREZ SALVA Maestro de Carga NSA: S-60403683 DNI: 08148747 Técnico de 1ra. FAP WILMORE MANUEL TORRES SANCHEZ Maestro de Carga NSA: S-60468185 DNI: 43737612 Técnico de 1ra. FAP WILLY ENRIQUE PINEDO RUIZ CARO Maestro de Carga NSA: S-60643891 DNI: 09389634 TRIPULACIÓN ALTERNA Coronel FAP TONINO ANNICCHIARICO ONGARO Piloto NSA: O-9516185 DNI: 43336734 Comandante FAP ANGEL ISRAEL CASSO SEGOVIA Piloto NSA: O-9625593 DNI: 43357029 Técnico de 2da. FAP JOSE GILBERTO WONG PINEDO Ing. de vuelo NSA: S-60789594 DNI: 10105613 Técnico de 2da. FAP YURI FELIPE TEJADA SALAS Ing. de Vuelo NSA: S-13867091 DNI: 29609479 Técnico de 1ra. FAP MANUEL GREGORIO SANTOS DOMINGUEZ Maestro de Carga NSA: S-60555287 DNI: 06765401 Técnico de 1ra. FAP JOSE WILDER CAMPOS CASTREJON Maestro de Carga NSA: S-60622090 DNI: 09546732 Artículo 2º.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la tripulación principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 370.00 x 02 días x 10 personas = US$ 7,400.00 ------------------- Total a pagar = US$ 7,400.00