Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2016 (15/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 15 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

575493

Máquinas Tragamonedas es la autoridad competente para formular, proponer, supervisar y fiscalizar las normas generales administrativas no tributarias de alcance nacional, que regulan y controlan la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 24° de la Ley, corresponde a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas, las facultades administrativas de autorización, fiscalización, supervisión, evaluación y sanción vinculadas a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, pudiendo delegar las facultades de fiscalización, supervisión, clausura y comiso en los órganos bajo su competencia; Que, el inciso e) del Artículo 25º de la Ley, concordante con lo dispuesto en el inciso e) del artículo 64° del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, establece que corresponde a la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas designar a los Inspectores de Juego; Que, el artículo 47° de la Ley concordante con el artículo 78° del Reglamento, prevé que la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas y la SUNAT verificarán que en la importación de bienes para la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas se cumpla con los requisitos señalados en la Ley, su reglamento y Directivas del MINCETUR, dejándose constancia en el Acta respectiva; Que, al amparo de lo establecido en el artículo 67° del Reglamento, los Inspectores de Juego representan a esta Dirección General, en todas las actuaciones que realicen en el ejercicio de sus funciones, siendo que los hechos constatados por los Inspectores de Juegos deben consignarse en Informe o Acta respectiva; Que, asimismo, de conformidad con el Manual de Organización y Funciones ­ MOF, corresponde a los Supervisores de Juego de esta Dirección General realizar las visitas de verificación, control y fiscalización a las salas de juego de casino y máquinas tragamonedas de acuerdo a la programación que se realice; Que, es necesario realizar la designación de los Inspectores, Supervisores de Juego y acreditar a los Veedores de la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas ante ADUANAS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27153, modificadas mediante Leyes Nos. 27796 y 28945, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, y el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Legal Nº 357-2015-JLPT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar y designar como Inspectores de Juego de la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas a las siguientes personas:
Apellidos y Nombres 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. AGAPITO VEGA, JULIO ROBERTO APOLONI QUISPE, JOSÉ MARCOS ALVARADO SAINTPERE, CHRISTIAMS MOISES BRIONES HERAS, MAURICIO BORDA CÓRDOVA, JULIO LUIS FLORES TORRES, DELFÍN ESTEBAN HIJAR CÁCERES, DAÚL FERNANDO LINO SUÁREZ, EDEN DECIDERIO LUJAN MORON, WESLEY MOLINA GALVEZ, PEDRO REYNALDO MORALES CARRASCO, JESUS EDWIN OCARES RAFAEL, RICHARD NAPOLEÓN PORRAS GONZALEZ, CÉSAR ANIBAL RAMON GONZALES, ALFONSO ERNESTO RODRIGUEZ QUINTANA, PAUL ROMERO TIRADO, NELLY SADYT ROSELLO CROUSILLAT, LUIS JOSÉ SALCEDO CASTAÑEDA, ROGELIO JAVIER SÁNCHEZ LEÓN, MARÍA ELIA SUMAR DENEUMOSTIER, JULIO JORGE TINOCO YURIVILCA, EDGAR EDÉN Documento de Identificación 09339554 32733905 40324001 10147561 06659057 08323392 09028147 10563400 40051004 09533690 07213919 40223110 08522405 06256462 10323794 42852088 09138832 10040298 07393148 07183898 04059846

Artículo 2°.- Ratificar y designar como Supervisores de Juego de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas a las siguientes personas:
Apellido y Nombres 1. 2. 3. 4. COLLAZOS RENGIFO, RICARDO HURTADO FERNÁNDEZ, JUAN CARLOS PEREZ PAYCO, JUAN CARLOS SALAS GONZALES, LUIS ENRIQUE Documento de Identificación 10662791 09987415 09438246 08235440

Artículo 3°.- Acreditar como Veedores de la Dirección General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas ante cualquier ADUANA del país, a las siguientes personas:
Apellidos y Nombres 1. 2. 3. 4. 5. APOLONI QUISPE, JOSÉ MARCOS HURTADO FERNÁNDEZ, JUAN CARLOS MACAVILCA CONTRERAS, ERICK GUSTAVO PEREZ PAYCO, JUAN CARLOS TICONA MAMANI, LUIS ENRIQUE Documento de Identificación 32733905 09987415 09572433 09438246 41045848

Artículo 4º.- Corresponde al público en general denunciar ante esta Dirección General o Autoridad Competente a cualquier persona que, indebidamente, pretenda o realice actos en nombre de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas y no se encuentre comprendida en alguna de las relaciones señaladas en los artículos precedentes, sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente. Artículo 5°.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 048-2015-MINCETUR/VMT/DGJCMT, mediante la cual se ratificaban y designaban Inspectores y Supervisores de Juego y Veedores; y cualquier otra norma que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SAN ROMAN BENAVENTE Director General de Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas 1333377-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Argentina y EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2016-DE/SG Lima, 13 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 0006 del Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 07 de enero de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina. Que, con Oficio G.500-0037, del 06 de enero de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Argentina, del 18 de enero de 2016 al 15 de diciembre de 2016, con la finalidad de seguir estudios en la Escuela Superior de Guerra Naval. Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la

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