Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2016 (17/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 17 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, en Sesión Ordinaria de Concejo N° 0242015-MPCH celebrado el 21 de diciembre del 2015, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y demás normas complementarias. VISTO: El Pedido del Regidor José Antonio Rivadeneyra Romero, quien solicita que pase a Orden del Día la Carta N° 036-2015-JARR/MPCH, a fin de tratar el tema sobre su autorización de Viaje al país de España, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo pueda asistir a la FITUR - 2016. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley N° 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y siendo de aplicación el artículo VIII del Título Preliminar de este mismo cuerpo normativo, las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes regionales y locales. Que, el artículo 9° numeral 11) de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al pleno del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del país que, en representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, en la estación correspondiente el Regidor José Antonio Rivadeneyra Romero solicita que pase a Orden del Día la Carta N° 036-2015-JARR-MPCH, a fin de se trate el tema de autorización de Viaje al país de España, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo pueda asistir a la FITUR ­ 2016, desde el 20 al 24 de enero del 2016. Que, sometido a votación el Pleno del Concejo Municipal aprobó para que pase a orden del día y poder tomar acuerdo correspondiente. Que, por lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, con el voto unánime de sus miembros: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Regidor José Antonio Rivadeneyra Romero, para que en representación de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, participe en la FITUR ­ 2016 que se llevara a cabo en España ­ Madrid del 20 al 24 de enero del 2016. Artículo Segundo.- NOTIFICAR el presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, Gerencia de Administración, Oficina de Secretaría General, y demás áreas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS RUBÉN VILLA MOREL Alcalde (e) 1334313-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana - Huaura 2016
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2016-MDH Huaura, 13 de enero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 13 de Enero del 2016, en la Estación Orden del Día el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre "Ratificación de la Aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Huaura"; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194° de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, dicha autonomía conforme lo establece el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972-Ley orgánica de las Municipalidades, radica en ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013-IN se aprobó el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, como Política Nacional del Estado Peruano. Que, mediante Informe N° 002-2016-STSS-CC-ALC/ MDH, se comunica al Concejo Municipal que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC, cumplió con aprobar el Plan Local de Seguridad CiudadanaHuaura 2016. Que, en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9º, 39° y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Distrital de Huaura con el voto UNÁNIME de los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA ­ HUAURA 2016 APROBADO POR EL CODISEC Artículo Primero.- RATIFICAR El Plan Local de Seguridad Ciudadana ­ HUAURA 2016, que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Municipal, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y demás Unidades Orgánicas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación Regional, la misma que entrar en vigencia al día siguiente que esta se produzca, asimismo dispóngase en la misma fecha su publicación en la Pagina Web de la Municipalidad Distrital de Huaura. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUSTINIANO PEDRO VALENCIA PANTOJA Alcalde 1334724-1

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