Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2016 (17/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Domingo 17 de enero de 2016 /

El Peruano

Región La Libertad, instituciones y profesionales expertos, que se constituyen por acuerdo de la Asamblea General. Tiene las siguientes funciones: 1. Trabajar en coordinación con las instituciones integrantes del CERX de la Región La Libertad con la finalidad de promover el desarrollo de los productos y fortalecimiento de las cadenas de exportación de la región. 2. Elaborar informes de cumplimiento de sus Planes Operativos, a solicitud de la Asamblea General. Artículo 13.- Incorporación de nuevos miembros La incorporación de nuevos integrantes a la Asamblea del CERX de la Región La Libertad se realizará a propuesta de uno de sus integrantes, por necesidad en el cumplimiento de sus funciones y por aprobación en asamblea. Artículo 14.- Funcionamiento del CERX de la Región La Libertad 1. Las Comisiones Técnicas Especializadas se reunirán al menos una vez al mes, por citación de sus respectivos coordinadores para tratar la agenda de acuerdo a sus planes operativos en concordancia con el Plan de Trabajo del CERX de la Región La Libertad. 2. El Presidente convoca a la Asamblea General al menos una vez al mes. 3. El Director Ejecutivo en coordinación con las Comisiones Técnicas Especializadas y, por delegación de funciones conferidas por el Consejo Directivo, podrá adoptar acciones para facilitar el cumplimiento de los objetivos del CERX de la Región La Libertad con cargo a dar cuenta al Consejo Director. 4. Las Comisiones Técnicas Especializadas informarán mensualmente al Director Ejecutivo los acuerdos tomados para que conjuntamente con la Secretaría Técnica se realice el seguimiento del cumplimiento de los acuerdos. 5. El monitoreo de las sesiones de la Asamblea General estará a cargo del Director Ejecutivo con el apoyo de la Secretaría Técnica.

6. Las convocatorias a sesiones se realizarán con una semana de anticipación, a través de correo electrónico y ratificado por comunicación telefónica u otro medio que garantice su conocimiento. CAPÍTULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 15.- Reconocimiento La Asamblea General podrá promover un reconocimiento público a la empresa, institución o funcionario más representativo de la Región, basado en la trayectoria, gestión y/o aportes al comercio internacional. Artículo 16.- Infracciones y sanciones de los miembros del CERX de la Región La Libertad Constituyen infracciones de los miembros del CERX de la Región La Libertad: 1. La no justificación de 3 faltas consecutivas o 5 alternas a las sesiones del CERX de la Región La Libertad en el periodo de 1 año, lo cual será informado a la máxima autoridad de la institución que representan. Esta infracción será sancionada con la suspensión de la representación de la institución miembro del CERX de la Región La Libertad por un periodo de 6 meses. 2. Incurrir en conflicto de intereses comprobado, lo cual será sancionado con la exclusión del miembro representante de la institución. Artículo 17.- Financiamiento Las actividades del CERX de la Región La Libertad serán financiadas con los recursos propios de cada uno de los miembros participantes en la ejecución de su plan operativo. En caso de recibir cooperación externa o financiamiento de terceros, el destino de los recursos se aprobará por un acuerdo de la Asamblea General. 1334246-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
LA DIRECCIÓN

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