Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2016 (22/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 22 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

576161

ECONOMIA Y FINANZAS
Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 1152001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 002-2016-EF/15.01 Lima, 20 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modificó el artículo 7 del Decreto Supremo N° 1152001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolución viceministerial del Viceministro de Economía; Que, con Decreto Supremo N° 411-2015-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2016; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 15 de enero de 2016; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. ----------------------------------------------------------------------Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo ---------------------------------------------------------------------185 448 404 2 251 ---------------------------------------------------------------------Regístrese, comuníquese y publíquese. ENZO DEFILIPPI ANGELDONIS Viceministro de Economía 1336614-1

la desnutrición crónica infantil en el país; iv) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; v) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, vi) Prevenir riesgos de desastres; Que, el literal c) del artículo 41 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas el financiamiento de los fines del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de UN MIL MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 1 000 000 000,00); asimismo, dispone que la incorporación de los referidos recursos en los gobiernos locales se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, el cual dispone en su artículo 6 que las municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Asimismo, en sus Anexos N° 02 y N° 03 se establecen las metas que deben cumplir las municipalidades al 31 de julio y al 31 de diciembre del año 2016, respectivamente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.1 del artículo 8 de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 400-2015-EF, la evaluación del cumplimiento de las metas se efectúa de acuerdo a las consideraciones establecidas en los Instructivos que se elaboran para tal fin, los cuales son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en ese sentido, resulta pertinente aprobar los citados Instructivos con los lineamientos específicos que deberán seguir las municipalidades para el cumplimiento de cada una de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3 y 4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, correspondientes a las metas 01 al 14, cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de julio del año 2016, y metas 15 al 45 cuya fecha máxima de cumplimiento es el 31 de diciembre del año 2016; los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, los Instructivos aprobados por el artículo 1 de la presente Resolución, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1336880-1

Aprueban Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016, correspondientes a las metas 01 al 14
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2016-EF/50.01 Lima, 20 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29332 y modificatorias, se creó el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos; ii) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir

EDUCACION
Designan Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2016-MINEDU Lima, 21 de enero de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.