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576162 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modi fi catorias, se establecen las normas fundamentales que rigen las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y fi nanciera del Estado; Que, la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 030-2010-EF-76.01 y sus modi fi catorias, establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2016; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 594-2015-MINEDU se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 010: Ministerio de Educación, así como la Estructura Funcional y la Estructura Programática, correspondiente al Año Fiscal 2016, por Unidad Ejecutora; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, la Unidad Ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Público, con el cual se vinculan e interactúan los órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público; asimismo, señala que para efectos de la citada Ley, se entenderá como Unidad Ejecutora, a aquella dependencia orgánica que cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que determine y recaude ingresos; contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación aplicable; registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda; Que, los Responsables de las Unidades Ejecutoras deberán velar, en el ámbito de sus competencias, por la correcta aplicación de las normas que rigen la gestión de los sistemas de la administración fi nanciera del sector público, para el logro de los objetivos y metas previstas en el Plan Operativo Institucional (POI) 2016 y el Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2016; Que, asimismo los Responsables de las Unidades Ejecutoras deberán suscribir y remitir los informes correspondientes a la Evaluación Presupuestal Semestral del Año Fiscal 2016 y Evaluación Presupuestal Anual de los Años Fiscales 2015 y 2016, dentro de los plazos establecidos en las disposiciones internas que se emitan, en concordancia con las normas dictadas por el Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modi fi catorias, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2016, conforme se indica a continuación: UNIDAD EJECUTORADESCRIPCIÓNRESPONSABLE DE UNIDAD EJECUTORA 001USE 01 San Juan de Mira fl oresDirector(a) de la UGEL 002 USE 02 San Martín de Porras Director(a) de la UGELUNIDAD EJECUTORADESCRIPCIÓNRESPONSABLE DE UNIDAD EJECUTORA 003 USE 03 Cercado Director(a) de la UGEL 004 USE 04 Comas Director(a) de la UGEL 005USE 05 San Juan de LuriganchoDirector(a) de la UGEL 006 USE 06 Vitarte Director(a) de la UGEL 007 USE 07 San Borja Director(a) de la UGEL 017Dirección de Educación de LimaDirector(a) de Educación 020Conservatorio Nacional de MúsicaDirector(a) General 021Escuela Nacional de Bellas ArtesDirector(a) General 022Instituto Pedagógico Nacional de MonterricoDirector(a) General 023Escuela Nacional Superior de Folklore “J.M.A.”Director(a) General 024Ministerio de Educación - Sede CentralSecretario(a) General 026Programa Educación Básica Para TodosSecretario(a) General 108Programa Nacional de Infraestructura EducativaDirector(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional de Infraestructura Educativa 113 APROLAB IIDirector(a) General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística 116Colegio Mayor Secundario Presidente del PerúDirector(a) del Colegio Mayor Secundario “Presidente del Perú” 117Programa Nacional de Becas y Crédito EducativoDirector(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo 118Mejoramiento de la Calidad de la Educación BásicaSra. María Vesga Gatti 120Programa Nacional de Dotación de Materiales EducativosDirector(a) de Gestión de Recursos Educativos 121Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019Director(a) Ejecutivo(a) del ProyectoEspecial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019. 122Escuela Nacional Superior de BalletDirector(a) General 123Escuela Nacional Superior de Arte Dramático “Guillermo Ugarte Chamorro”Director(a) General Artículo 2.- Los Responsables de las Unidades Ejecutoras están a cargo de la administración y la ejecución presupuestaria de las mismas sobre la base de criterios de e fi ciencia, e fi cacia y economía, garantizando la legalidad y el control de los ingresos y gastos, y el cumplimiento de las reglas de carácter presupuestario, de acuerdo con la normatividad presupuestal vigente. Artículo 3.- Autorizar a los responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación a: • Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP). • Designar a los responsables de las metas presupuestarias. Artículo 4.- Los Responsables de las Unidades Ejecutoras deben velar por la remisión de los informes y formatos correspondientes a la Evaluación Semestral del año 2016 y a la Evaluación Anual del Presupuesto de los años 2015 y 2016, referido al ámbito de sus responsabilidades, a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dentro de los plazos que se establezcan para dichos efectos, en concordancia con las disposiciones emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.