Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2016 (23/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 23 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Enrique ASTUDILLO CHAVEZ, en el cargo de Director General del Centro de Altos Estudios Nacionales ­ Escuela de Posgrado EPG CAEN, quien asumirá todas las funciones, atribuciones y prerrogativas previstas en el Estatuto Institucional,. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1337530-4

Resolución Suprema que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el proyecto del Reglamento del Decreto Legislativo N°1236, Decreto Legislativo de Migraciones
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2016-PCM Lima, 22 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N°1236, Decreto Legislativo de Migraciones, regula el ingreso y salida de los nacionales y extranjeros, así como la permanencia y residencia de los extranjeros en el territorio nacional; del mismo modo, regula los documentos de viaje, entre otros aspectos; Que, en la Segunda Disposición Complementaria Final del referido Decreto Legislativo se establece que el Poder Ejecutivo, en un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, dictará el respectivo reglamento, por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Interior y el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, conforme lo establece el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las comisiones son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública. Sus normas de creación deben contener necesariamente las disposiciones referidas a su ubicación dentro de la estructura del Poder Ejecutivo, su conformación, el mecanismo para la designación de su presidente y miembros, entre otros; Que, el numeral 2 del artículo 36 de la norma precitada, señala que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, y se crean formalmente mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; Que, el Decreto Legislativo N°1236, Decreto Legislativo de Migraciones desarrolla un enfoque de seguridad y de protección de los derechos fundamentales; enfatiza en la determinación del ingreso al territorio peruano y situación de irregularidad de los extranjeros, y reconoce el aporte de los migrantes internacionales al desarrollo de las culturas en el mundo; Que, en atención a la diversidad de materias involucradas en el fortalecimiento del control migratorio, resulta pertinente disponer la creación de una comisión multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el proyecto del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1236 antes señalado; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N°1236, Decreto Legislativo de Migraciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Multisectorial Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal que tiene por objeto elaborar un informe técnico que contenga el proyecto normativo del Reglamento del Decreto Legislativo N°1236, Decreto Legislativo de Migraciones. La Comisión Multisectorial depende del Ministerio del Interior. Artículo 2.- Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial de naturaleza temporal está conformada por los (las) representantes titulares

Designan Jefe de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA)
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2016-PCM Lima, 22 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1131, se creó la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA) como un organismo público ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía administrativa, funcional y económica, con calidad de pliego presupuestal; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del citado Decreto Legislativo se prevé que la Jefatura de la SEDENA es el máximo órgano de dirección de la entidad, estando a cargo de un Jefe quien se constituye en la más alta autoridad ejecutiva de la entidad, responsable de dirigirla y representarla; además de ser Titular del Pliego Presupuestario correspondiente; Que, por Resolución Suprema Nº 004-2015-PCM, se designó al señor Marco Antonio Miranda Valdez como Jefe de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA); Que, resulta pertinente dar por concluida la designación del señor Marco Antonio Miranda Valdez como Jefe de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA), siendo necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo, debiendo expedirse la correspondiente Resolución Suprema; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1131, que crea la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA); y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Marco Antonio Miranda Valdez como Jefe de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA), dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Óscar Alberto Delgado Delgado como Jefe de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (SEDENA). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1337530-5

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