Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2016 (23/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

576222

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; la Resolución Ministerial N° 1017-2015-DE/SG del 06 de noviembre de 2015; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:

Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; y en la Resolución Ministerial N° 1017-2015-DE/SG del 06 de noviembre de 2015, con cargo al presupuesto institucional del año fiscal correspondiente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6º.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El personal designado, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1337530-8

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a la ciudad de Seúl ­ República de Corea, del Coronel FAP MANUEL ALBERTO TEIXEIRA IGLESIAS, identificado con NSA: O-9465882 y DNI: 43610597, para que participe en el Curso de Seguridad y Defensa Nacional en la Universidad de Defensa Nacional de Corea, del 25 de enero de 2016 al 30 de diciembre de 2016, así como autorizar su salida del país el 23 de enero de 2016 y su retorno el 01 de enero de 2017. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima ­ Seúl (República de Corea) - Lima US $ 4,097.60 x 01 persona (Incluye TUUA) = US $ 4,097.60

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2016-DE/FAP Lima, 22 de enero de 2016 Visto los Oficios Kordef 14-0123 de fecha 24 de noviembre de 2014, Kordef 14-037 de fecha 16 de abril de 2014 y Kordef 15-009 de fecha 19 de enero de 2015 del Agregado de Defensa a la Embajada de la República de Corea en la República del Perú, el Oficio NC-50-DEPENº 1376 de fecha 04 de noviembre de 2015 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú y el Oficio NC-170-AGKOR-N° 0197 de fecha 18 de diciembre de 2015 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Corea. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene relaciones bilaterales con otras Fuerzas Aéreas en el marco de las medidas de confianza mutua y de seguridad; así como para el logro de entendimientos en materia de misión de estudios, capacitaciones e intercambios operacionales, lo que sin duda beneficia no sólo al personal FAP participante, quienes amplían su visión y experiencia en el campo de sus respectivas especialidades, sino que a través de ellos se beneficia a la Fuerza Aérea del Perú al contar con personal que va cultivándose en el desarrollo de capacidades en Seguridad y Defensa Nacional en tiempo de paz y de guerra; Que, con el Oficio Kordef 14-0123 de fecha 24 de noviembre de 2014 el Agregado de Defensa a la Embajada de la República de Corea en la República del Perú comunica que el Comandante FAP OSWAL SIGUEÑAS ALVARADO participará en el Curso de Comando y Estado Mayor, en la Universidad de las Fuerzas Armadas de la República de Corea, durante el año 2016; Que, con los Oficios Kordef 14-037 de fecha 16 de abril de 2014 y Kordef 15-009 de fecha 19 de enero

Gastos de Traslado ­ Ida y Vuelta (Equipaje, bagaje e instalación): US $ 7,137.71 x 02 x 01 persona = US $ 14,275.42 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 7,137.71 / 31 x 07 días x 01 persona = US $ 1,611.74 US $ 7,137.71 x 10 meses x 01 persona = US $ 71,377.10 US $ 7,137.71 / 31 x 30 días x 01 persona = US $ 6,907.46 Total a pagar = US $ 98,269.32

Artículo 3º.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducida por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 4º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.