Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2016 (23/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

576226

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de enero de 2016 /

El Peruano

del 25 al 29 de enero de 2016, con la finalidad de participar como Oficiales invitados a la ceremonia de afirmado del pabellón del Buque Escuela a Vela "UNIÓN". Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

Disponen los Llamamientos Ordinarios para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo correspondiente al año 2016, del personal de la Clase 1,998 y clases anteriores, en la modalidad de Acuartelado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2016-DE/EP Lima, 22 de enero de 2016 Visto, la Hoja de Recomendación Nº006/F-6.b, del 18 de Diciembre de 2015 aprobada por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; sobre el Llamamiento Ordinario del Servicio Militar (1er y 2do semestre) del AF-2016. CONSIDERANDO: Que, el artículo 163º de la Constitución Política, establece que "El Estado garantiza la seguridad de la Nación, mediante el Sistema de Defensa Nacional, disponiendo que toda persona natural o jurídica está obligada a participar en la Defensa Nacional de conformidad con la Ley"; Que, el artículo 165º de la Carta Magna, establece que las Fuerzas Armadas tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República, Que, el artículo 47º de la Ley Nº 29248 "Ley del Servicio Militar", modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1146 establece que: "El llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos de personal para el Servicio Militar Acuartelado. Es dispuesto anualmente, mediante Resolución Ministerial, en las fecha que determine cada Instituto de las Fuerzas Armadas y comprende a los inscritos de la última clase y a los de las clases anteriores, de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional"; Que, el Ejército del Perú a fin de satisfacer las necesidades de personal para el Servicio Activo en el año 2016, en las modalidades de Acuartelado, de conformidad a lo establecido en la normatividad a que se hace referencia en el considerando que antecede, requiere efectuar dos Llamamientos Ordinarios (1er y 2do Semestre) de personal de la Clase 1,998 y Clases anteriores para instruidos y entrenados para su eficiente participación en la Defensa Nacional, y, Estando a lo recomendado por el Comando de Reemplazos y Movilización del Ejército y a lo propuesto por la Comandancia General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer los Llamamientos Ordinarios (1er y 2do Semestre) para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo correspondiente al año 2016, del personal de la Clase 1,998 y clases anteriores, los que se realizarán en la modalidad de Acuartelado. Artículo 2º.- Autorícese al señor General de Ejército, Comandante General del Ejército, para que determine las fechas de dichos llamamientos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1337496-3

1

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

1337496-1

Disponen tres llamamientos ordinarios para la incorporación voluntaria al Servicio Militar Acuartelado en la Fuerza Aérea del Perú, correspondiente al año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2016-DE/FAP Lima, 22 de enero de 2016 VISTO: El sustento técnico emitido por el Director de Reserva y Movilización de la Fuerza Aérea del Perú para efectuar tres (3) llamamientos ordinarios para el Servicio Militar Acuartelado para el año fiscal 2016. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29248 Ley del Servicio Militar, tiene por objeto regular el Servicio Militar Voluntario, su organización, alcances, modalidades, procedimientos y su relación con la movilización, de conformidad con la Constitución Política del Perú y los Convenios Internacionales de los cuales el Perú es parte; Que, el artículo 44º de la mencionada Ley, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1146, establece que el Servicio Militar Acuartelado es aquel que se cumple en forma permanente en las Unidades, Bases y Dependencias de las Instituciones de las Fuerzas Armadas, durante el tiempo previsto en la Ley y es realizado por los seleccionados entre los dieciocho (18) y los veinticinco (25) años de edad; Que, el artículo 47º de la citada Ley y el artículo 52º de su Reglamento, establecen que el llamamiento ordinario busca satisfacer los requerimientos de personal para el Servicio Militar Acuartelado, es dispuesto anualmente mediante Resolución Ministerial en las fechas que determine cada Institución de las Fuerzas Armadas y comprende a los inscritos de la última clase y a los de las clases anteriores de acuerdo a las necesidades de efectivos para la Seguridad y Defensa Nacional; y, Estando a lo informado por el Director General de Personal, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer tres (3) llamamientos ordinarios para la incorporación voluntaria al Servicio Militar Acuartelado en la Fuerza Aérea del Perú, correspondiente al año 2016. Artículo 2.- Autorizar al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, a efectuar la determinación de las fechas de dichos llamamientos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1337496-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban normas reglamentarias de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, relativas al crédito tributario por reinversión
DECRETO SUPREMO Nº 006-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.