TEXTO PAGINA: 9
576211 NORMAS LEGALES Sábado 23 de enero de 2016 El Peruano / Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, el mismo que contiene órganos distintos a los que existían cuando se expidió la Resolución Ministerial N° 0144-2013-AG, resultando necesario modi fi car la conformación del Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación Administrativa y del Equipo de Mejora Continua; Que, de otro lado, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2015-PCM-SGP de fecha 27 de noviembre de 2015, se aprobó los Lineamientos para el Proceso de Implementación Progresiva del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las Entidades de la Administración Pública aprobado mediante Resolución Ministerial N° 186-2015-PCM, que dispone la rati fi cación del Equipo de Mejora Continua; Que, mediante la Nota de Visto, sustentado en el Informe Técnico N° 001-2016-ODOM/OGPP de la O fi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto propone la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 0144-2013- AG, por las razones antes señaladas; De conformidad con la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; y el Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, que aprueba la “Metodología de Simpli fi cación Administrativa”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación Administrativa del Ministerio de Agricultura y Riego Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0144-2013-AG, en los términos siguientes: “Artículo 1.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación Administrativa del Ministerio de Agricultura y Riego, como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simpli fi cación administrativa del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual estará integrado por: - El (la) Secretario (a) General, quien lo presidirá. - El (la) Director (a) General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. - El (la) Director (a) General de la O fi cina General de Administración. La O fi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto actuará como Secretaría Técnica del Comité.” Artículo 2.- Modi fi cación del Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Agricultura y Riego Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0144-2013-AG, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Conformar el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Agricultura y Riego, responsable de: - Gestionar el proceso de simpli fi cación administrativa según lo establecido en la Metodología de Simpli fi cación Administrativa, aprobada por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM. - Conducir el desarrollo de las Etapas del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en el MINAGRI. Dicho Equipo está integrado por:- El (la) Director (a) de la O fi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Responsable del Equipo. - El (la) Director (a) de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria. - Un (a) especialista en procesos, de la O fi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. - Un (a) especialista de costos de la O fi cina General de Administración.- Un (a) especialista de sistemas de la O fi cina de Tecnología de la Información. - Un (a) abogado (a) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. - Un (a) especialista de la O fi cina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria. Los integrantes del Equipo de Mejora Continua son responsables del cumplimiento de los encargos asignados y de contribuir permanentemente con aportes, de acuerdo a sus funciones”. Artículo 3.- Modi fi cación del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0144-2013-AG Modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0144-2013-AG, en los términos siguientes: “Artículo 3.- El Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Agricultura y Riego, realizará las actividades señaladas en la Metodología de Simpli fi cación Administrativa y las que correspondan de acuerdo a los Lineamientos para el Proceso de Implementación Progresiva del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las Entidades de la Administración Pública”, aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2015-PCM-SGP. El Equipo de Mejora Continua podrá incorporar de manera temporal a los responsables de los procesos que pueden ser una o más personas de los diferentes Órganos o Unidades Orgánicas del Ministerio. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias de la entidad deberán brindar obligatoriamente al Equipo de Mejora Continua el apoyo que este requiera, para el adecuado cumplimiento de sus fi nes”. Artículo 4.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución a todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1336810-1 Aprueban el “Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios Año 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0018-2016-MINAGRI Lima, 20 de enero de 2016VISTO:El O fi cio Nº 007-2016-MINAGRI-DIGNA/DINPE, de fecha 06 de enero de 2016, del Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, por el cual propone la aprobación del “Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios Año 2016”; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley Nº 30048, señala que el Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante el MINAGRI, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, dispone que la Dirección General de Negocios Agrarios – DIGNA, es el órgano de línea encargado de promover la realización de negocios agrarios, el acceso de