Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2016 (27/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Miércoles 27 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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complementarias y/o reglamentarias a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho. gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1338306-1

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 037-2015-MPH Huacho, 29 de diciembre del 2015 El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto; en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 08 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Municipalidad Provincial de Huaura; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE de fecha 05 de noviembre del 2014, se modifica la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de Aplicación Progresiva para la Aprobación de Cuadro de Puestos de las Entidades", con el objeto de establecer los lineamientos generales y reglas básicas para que todas las entidades del Sector Público puedan aprobar su Cuadro para Asignación de Personal (CAP) provisional; así, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2015-SERVIR/PE, se resolvió adicionar el numeral 4 de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, estando entre ellas, el literal 4.8), que preceptúa que las entidades de nivel regional y local que no se encuentren en proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil, podrán aprobar su CAP Provisional siguiendo los lineamientos de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC y de acuerdo a las condiciones señaladas en el numeral 4.5 anterior, bajo responsabilidad del titular del pliego, asimismo, señala que las entidades de nivel regional y local cuando realicen modificación parcial o total a su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) podrán también en un plazo máximo de tres (03) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha modificación, tramitar la aprobación de un CAP Provisional, de acuerdo a la normatividad vigente, por su parte, en su literal 4.9) prescribe que las entidades creadas a partir de la entrada en vigencia del Reglamento General de la Ley Nº 30057, esto es a partir del 14 de junio de 2014, también podrán aprobar un CAP Provisional en el marco del proceso de implementación de sus instrumentos de gestión. En el caso de que se tratara de entidades de nivel regional y local, deberán tener en consideración lo prescrito en el numeral 4.8 de la precitada Directiva.

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2015-MPH/A de fecha 06 de marzo del 2015, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama Estructural de la Municipalidad Provincial de Huaura, como producto del Proceso de la reestructuración y modernización, siendo este un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades. Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP), es un documento de gestión institucional de Carácter temporal que contiene los cargos definitivos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del Sector Público al régimen del Servicio Civil en la Ley Nº 30057. Que, el artículo 5º, inciso 5), literal 2) de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, preceptúa que para la aprobación del CAP Provisional para el caso de los Gobiernos Locales debe aprobarse a través de una Ordenanza Municipal, así, el artículo 9º inciso 3) y 32) de la LOM establecen que una de las funciones del Concejo Municipal es aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, como aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo, por su parte el artículo 40º de la norma en comento, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, mediante Informe Nº 194-2015-GPP/MPH de fecha 24.07.2015, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, manifiesta que la propuesta de adecuación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de esta Institución se ajusta a los lineamientos que establece el artículo 5º, inciso 5), literal 2) de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC, considerando viable la Propuesta del CAP presentada, teniendo en cuenta el Informe de Sustentación Técnica, el cual señala que la finalidad de dicha propuesta es adecuar e implementar las cambios funcionales y estructurales que fundamenta el ROF, de acuerdo a los alcances que señala la normativa para la elaboración del nuevo CAP provisional de la Municipalidad Provincial de Huaura, estando la misma sobre una base de 577 cargos ocupados y 48 cargos previstos, los cuales totalizan 625 cargos. Que, mediante Informe Nº 1366-2015-SGGTH-MPH-H de fecha 22.12.2015, la Sub Gerencia de Gestión del Talento Humano, manifiesta su conformidad respecto a la aprobación del Proyecto de Ordenanza en análisis, por su parte, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 1371-2015-GAJ/MPH de fecha 24.12.2015, indica que el Proyecto de Ordenanza en mención ha sido formulado conforme a la normativa aplicable, recomendando su aprobación, opinión ratificada por la Gerencia Municipal, mediante Informe Nº 250-2015-GM/ MPH de fecha 28.12.2015. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime y con dispensa del dictamen correspondiente y el trámite de lectura y aprobación del Acta; aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la

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