Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2016 (30/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de enero de 2016 /

El Peruano

de Estadística e Informática, Gerencia de Administración y Finanzas su implementación y a la Secretaria General su publicación y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar las fechas de vencimiento, si la gestión operativa de los tributos indicados así lo amerita Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ¨El Peruano¨. Cuarta.- Dispénsese del trámite de aprobación de Acta y pre publicación para su entrada en vigencia. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1339923-1

Artículo Tercero.- ESTABLECER que el presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1339632-1

Conforman Comisión Técnica de Trabajo Contable de la Municipalidad Distrital de Jesús María
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 015-2016-MDJM Jesús María, 14 de enero del 2016

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 482-MDJM, que otorgó beneficios a contribuyentes del distrito por el pronto pago de las obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2016
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2016-MDJM Jesús María, 25 de enero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO; El Informe Nº 18-2016-MDJM-GATR-SRT de la Subgerencia de Registro Tributario, Informe N° 0052016-MDJM/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 482-MDJM se establecieron una serie de beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito por el pronto pago de sus obligaciones correspondientes al ejercicio 2016; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 482-MDJM faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto prorrogue la vigencia de la mencionada Ordenanza; Que, siendo política de la actual gestión, brindar las facilidades a los vecinos de nuestro distrito, resulta necesario ampliar el plazo de los beneficios otorgados por la mencionada norma, conforme lo sustentado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas en los informes del visto; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE la vigencia de la Ordenanza Nº 482-MDJM, norma que otorga beneficios a los contribuyentes del distrito por el pronto pago de las obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2016, hasta el 29 de febrero de 2016. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia; a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión y publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munijesusmaria.gob.pe

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA: Visto: El Comunicado Nº 002-2015-EF/51.01 de fecha 2409-2015, emitida por la Dirección General de Contabilidad Pública ­ DGCP, Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad, en el marco de las atribuciones normativas que tiene otorgadas, sobre la conformación de una Comisión Técnica de Trabajo para que concluya con las acciones de depuración, regularización, corrección de error y sinceramiento contable de los saldos de las cuentas contables al 31 de diciembre del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 29608, Ley que aprueba la Cuenta General de la Republica correspondiente al ejercicio fiscal 2009, aprobó las acciones de saneamiento de la información contable en el sector público y las leyes de Presupuesto del Sector Público de los años 2012, 2013 y 2014, ampliaron su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014. De acuerdo al informe sobre el resultado del saneamiento contable existen en la Municipalidad Distrital de Jesús María se encuentran aún por concluir dicho proceso; Que, el Articulo 4 de la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01 "Lineamientos Básicos para el Proceso de Saneamiento Contable en el Sector Publico" dispone que los titulares de las entidades deben crear una Comisión Técnica de Trabajo Contable, para que concluya con las acciones de depuración, regularización, corrección de error y sinceramiento contable de los saldos de las cuentas contables, como consecuencia de la diferencia de saldos de balance financiero y saldo de balance de ingresos y gastos de presupuesto proveniente del EP-1 al 31 de diciembre del 2014; Que, es necesario establecer mecanismos que garanticen un real y transparente registro de la información financiera y contable de la entidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFÓRMASE la Comisión Técnica de Trabajo Contable de la Municipalidad Distrital de Jesús María, que cumplirá las funciones de depuración, regularización, corrección de errores y saneamiento contable, la misma que estará integrado de la siguiente manera: · Subgerente de Contabilidad, Presidencia · Subgerente de Tesorería, Miembro · Subgerente de Abastecimiento, Miembro · Representante del Órgano de Control Institucional, Veedor Artículo Segúndo.- FÍJESE como fecha límite para la terminación del trabajo de dicha Comisión el 29 de febrero del 2016, dando cuenta a la superioridad.

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