Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2016 (30/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 30 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo, materia de la Resolución expedida por la Fiscalía de la Nación N° 175-2016-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2016, por motivos particulares; por lo que corresponde emitir el resolutivo correspondiente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto los artículos segundo y tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 175-2016-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2016, debiendo quedar vigente su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ucayali. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1340259-7

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Establecen, con eficacia anticipada, continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD durante al año 2016 y otras disposiciones para la tramitación y emisión gratuita del DNI, declaración de domicilio de menor y cambio de lugar de entrega
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 14-2016/JNAC/RENIEC Lima, 29 de enero de 2016 VISTOS: Los Memorandos Múltiples N° 000152-2015/ GOR/RENIEC (18DIC2015) y N° 000156-2015/GOR/ RENIEC (29DIC2015) y el Memorando N° 000010-2016/ GOR/RENIEC (05ENE2016), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando N° 0020842015/GTI/RENIEC (29DIC2015), emitido por la Gerencia de Tecnología de la Información; el Memorando N° 005309-2015/GPP/RENIEC (30DIC2015), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 004651-2015/GPP/SGP/RENIEC (30DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000158-2015/ GPP/SGPL/RENIEC (30DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 0053-2016/GG/RENIEC (18ENE2016), emitido por la Gerencia General; la Hoja de Elevación Nº 000002-2016/GAJ/SGAJR/RENIEC (06ENE2016) y el Informe N° 000020-2016/GAJ/SGAJR/ RENIEC (21ENE2016) emitidos por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y las Hojas de Elevación Nº 000007-2016/GAJ/ RENIEC (07ENE2016) y N° 000030-2016/GAJ/RENIEC (21ENE2016), emitidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo

encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 01598-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que mediante la Resolución Jefatural 027-2015/ JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el día 13 de febrero de 2015, se dispuso continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD durante el año 2015; Que el acto administrativo citado en el considerando precedente, autorizó la tramitación y la correspondiente emisión del DNI en forma gratuita a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad que concurran por atención facultativa a los hospitales del MINSA, así como también a los recién nacidos en la red de hospitales de EsSALUD, en el periodo 2015; Que asimismo, dispuso continuar con la gratuidad en la tramitación y emisión de DNI a los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedentes de los 120 distritos priorizados de los departamentos de Apurímac, Ayacucho, Amazonas, Huánuco, Cajamarca y Huancavelica, que se realicen en las Oficinas Registrales Auxiliares, Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención; así como de los centros de salud periféricos que conforman las redes asistenciales en dichos departamentos, en el marco del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa "Acceso de la Población a la Identidad"; Que por Resolución Jefatural N° 196-2015/JNAC/ RENIEC publicada en el diario oficial El Peruano el día 26 de agosto de 2015, se dispuso ampliar los alcances establecidos en el artículo cuarto de la Resolución Jefatural N° 27-2015-JNAC-RENIEC a partir del 28 de abril del 2015 hasta el 31 de diciembre del 2015, en el sentido de considerar a los 739 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Loreto, Ucayali, Puno, La Libertad, San Martín, Pasco, Piura y Madre de Dios, a fin que se beneficien con la gratuidad en la tramitación y emisión del Documento Nacional de Identidad a los recién nacidos hasta el primer año de edad, que se realicen en las Oficinas Registrales Auxiliares, Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención, así como en los centros de salud periféricos que conforman las redes asistenciales en dichos departamentos, en el marco de la Adenda del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa Acceso de la Población a la Identidad, entre otras disposiciones. Que mediante la referida Resolución Jefatural N° 196-2015/JNAC/RENIEC, se dispuso admitir, de manera excepcional, como válida la declaración del domicilio consignado en un formato de declaración Jurada de domicilio otorgado por la madre, a fin de poder declarar el domicilio del menor cuando este sea distinto al DNI de la madre; asimismo se dispuso establecer la gratuidad para el cambio de lugar de entrega del Documento Nacional de Identidad generada en la Oficina Registral Auxiliar a la Oficina Registral, Agencia y Punto de Atención cercano al domicilio del declarante; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, solicita dar continuidad a la gratuidad de los servicios registrales contenidos en la Resolución Jefatural N° 027-2015/JNAC/

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