Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2016 (30/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de enero de 2016 /

El Peruano

mayor de cuarenta (40) días hábiles, considerando los aportes pertinentes de las instituciones involucradas para la sustentación del mencionado estudio; Que, en la estación de Despacho de la Sesión de Concejo de la fecha, se pone a conocimiento del Pleno el Proveído N° 0065-2016-MDA/GM de la Gerencia Municipal; dando lectura al Documento N° 2869-2016, de la Coordinadora Pariachi, quienes señalan no haber otorgado consentimiento alguno, para que Pariachi y pueblos aledaños pasen a conformar parte de la creación del Distrito de Huaycán, tal como se viene difundiendo en algunos medios radiales, indicando que este hecho está creando gran malestar en la población, toda vez que no se ha realizado ningún referéndum y/o consulta vecinal de acuerdo al art. 4° del Decreto Supremo N° 063-2012PCM, que modifica el Reglamento de la Ley N° 27795 Ley de Demarcación y Organización Territorial; por lo que solicitan que el tema sea visto en Sesión de Concejo y a través de un Acuerdo de Concejo se esclarezca lo antes expuesto, siendo la voluntad del pueblo de Pariachi, de seguir perteneciendo al Distrito de Ate; dicho pedido, pasa a Orden del Día de la Sesión Ordinaria de la fecha, para su debate correspondiente; Que, en la estación de Orden del Día, el señor Regidor Erasmo Cárdenas Obregón, solicita se apruebe una Moción de Orden del Día, de apoyo y respaldo a la comunidad de Pariachi, Horacio Zeballos y pueblos aledaños, quienes reafirman su libre voluntad de seguir integrando el distrito de Ate, ante el proyecto de Ley presentado por la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Congreso de la Republica para formalizar la creación del distrito de Huaycán, al haber sido comprendidos dentro de la propuesta antes señalada, sin haber sido consultados previamente. En el debate correspondiente, se invitó a hacer uso de la palabra al dirigente señor Carlos Camones Salvador de la Coordinadora de Pariachi, así como la señora Doris Ore Ponce de la Coordinadora de Pueblos aledaños de Horacio Zeballos quienes se encontraban presentes en la Sesión de Concejo, manifestando su extrañeza de haber sido comprendidos sus pueblos dentro de los límites del proyecto de creación política de Huaycán, manifestando su voluntad de seguir integrando el distrito de Ate; Que, producto del debate en el Pleno del Concejo Municipal respecto al documento presentado por la Coordinadora de Pariachi a través del Documento N° 2869-2015, se llegó al consenso mayoritario de aprobar una moción de orden del día de apoyo y respaldo a los pueblos de Pariachi, Horacio Zeballos y pueblos aledaños, quienes manifiestan su libre voluntad y autodeterminación de seguir integrando el Distrito de Ate, por lo que de conformidad con lo señalado en el artículo 73° del Reglamento Interior del Concejo, aprobado mediante Ordenanza N° 371-MDA de fecha 09 de Febrero de 2015, se procedió a establecer la votación correspondiente; Que, el artículo 41° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972 Y CONTANDO CON EL VOTO POR MAYORIA DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESION DE CONCEJO DE LA FECHA Y CON LA DISPENSA DE LA LECTURA Y APROBACION DE ACTAS; ACUERDA: Artículo 1°.- APROBAR; la Moción de Orden del Día de Apoyo y Respaldo del Concejo Municipal de Ate y de su Alcalde el señor Oscar Benavides Majino, a la población de Pariachi, Horacio Zeballos y otros pueblos aledaños, en su voluntad y libre autodeterminación de seguir integrando el Distrito de Ate, quienes se oponen a integrar la propuesta de creación política del Distrito de Huaycán, presentada por el poder ejecutivo ante el Congreso de la República; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, a

la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1340130-3

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Aprueban las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios, incentivos por pronto pago para el ejercicio 2016 y actualización de datos con carácter de Declaración Jurada
ORDENANZA Nº 461-2016-MDB/CDB Breña, 29 de enero del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO El Concejo Municipal de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO: El Dictamen N° 01-2016-CR-MDB de la Comisión de Rentas del 21.01.2016, la Carta N° 015-2016-SG-MDB de fecha 20.01.2016 de la Secretaría General, por la cual remite el Informe N°009-2016-GM/MDB del 15.01.2016 de la Gerencia Municipal, Informe N° 011-2016-GAJ/ MDB del 14.01.2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y los Informes N° 006 y 007-2016-GR/MDB emitidos por la Gerencia de Rentas; sobre el proyecto de ordenanza que aprueba "Las Fechas de Vencimiento para el Pago del Impuesto Predial y Arbitrios, Incentivos por Pronto Pago para el Ejercicio 2016 y Actualización de Datos con Carácter de Declaración Jurada". CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes, publicado el 10.03.2015, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece en su artículo 40° que, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-13- EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, asimismo en su artículo 41° sobre condonación, precisa que excepcionalmente, los gobiernos podrán condonar, con respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo; Que, en mérito a las normas legales expuestas la Municipalidad Distrital de Breña emitió la Ordenanza N° 453-2015/MDB-CDB, que aprueba el nuevo Régimen de Arbitrios Municipales de Recojo de Residuos Sólidos y de Parques y Jardines, Ordenanza N°454-2015/MDB-CDB que aprobó el incremento por IPC de las tasas por los Arbitrios de Barrido de Calles y Serenazgo, Ordenanza

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