Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2016 (30/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de enero de 2016 /

El Peruano

RENIEC y su ampliación comprendido en la Resolución Jefatural N° 196-2015/JNAC/RENIEC, durante el año 2016; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable respecto a la continuidad de los trámites gratuitos de inscripciones de nacimiento y defunciones y trámites de DNI para la población de 0 a 16 años dentro de las Oficinas Registrales Auxiliares del RENIEC que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD, así como los trámites y emisión del DNI de los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedente de los 739 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Loreto, Ucayali, Puno, La Libertad, San Martín, Pasco, Piura y Madre de Dios en el marco del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa Presupuestal "Acceso de la Población a la Identidad", la misma que será factible de ser financiada con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Gerencia de Operaciones Registrales para el año 2016; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, la autoridad tiene potestad para poder disponer en el mismo acto administrativo que este tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción, en tal sentido corresponde emitir el acto resolutivo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales con eficacia anticipada al primer día útil del mes de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013-JNAC/ RENIEC (10ABR2013), y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer con eficacia anticipada, continuar con las inscripciones de los nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares que funcionan en los hospitales del MINSA y EsSALUD durante el año 2016. Artículo Segundo.- Autorizar con eficacia anticipada, al primer día útil del mes de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, la tramitación y emisión gratuita del documento nacional de identidad a los recién nacidos y menores de 0 a 16 años de edad que concurran por atención facultativa a los hospitales del MINSA. Artículo Tercero.- Autorizar con eficacia anticipada, al primer día útil del mes de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, la tramitación y emisión gratuita del documento nacional de identidad a los recién nacidos en la red de hospitales de EsSALUD. Artículo Cuarto.- Establecer con eficacia anticipada, la continuidad al primer día útil del mes de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, de la gratuidad en la tramitación y emisión del documento nacional de identidad a los recién nacidos hasta el primer año de edad, procedentes de los 739 distritos priorizados de los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac,

Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Loreto, Ucayali, Puno, La Libertad, San Martín, Pasco, Piura y Madre de Dios, a fin de que se beneficien con la gratuidad en la tramitación y emisión del Documento Nacional de Identidad a los recién nacidos hasta el primer año de edad, que se realicen en las Oficinas Registrales Auxiliares, Oficinas Registrales, Agencias y Puntos de Atención, así como a los centros de salud periféricos que conforman las redes asistenciales en dichos departamentos, en el marco de la Adenda del Convenio de Apoyo Presupuestario al Programa "Acceso de la Población a la Identidad". Artículo Quinto.- Admitir con eficacia anticipada y de manera excepcional, como válida la declaración del domicilio consignado en un formato de declaración Jurada de domicilio otorgado por la madre, a fin de poder declarar el domicilio del menor cuando este sea distinto al DNI de la madre, según el formato que como anexo forma parte de la presente Resolución Jefatural. Artículo Sexto.- Establecer la gratuidad para el cambio de lugar de entrega del Documento Nacional de Identidad generada en la Oficina Registral Auxiliar a la Oficina Registral, Agencia y Punto de Atención cercano al domicilio del declarante. Artículo Séptimo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán con cargo a los recursos presupuestarios autorizados para la Gerencia de Operaciones Registrales para el año 2016, y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes. Artículo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional ANEXO 1 DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO Yo, ______________________________ ______________________, identificada con DNI________________________, amparándome en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, declaro bajo juramento que el domicilio de mi menor hijo es________________ _________________________________________ Distrito____________Provincia__________________ Departamento______________. Finalmente, autorizo a aplicar las sanciones que corresponda conforme a Ley, en caso de detectarse omisión, falseamiento o inexactitud en la información consignada, sin perjuicio de las acciones legales o administrativas que la Institución estime por conveniente interponer.

_____, ___ de _______del 20__

_____________________ FIRMA DEL/LA DECLARANTE NOMBRES Y APELLIDOS:

1340257-1

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