Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2016 (31/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 31 de enero de 2016 /

El Peruano

normas el día 22 de febrero de 2014, en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Gerencia Municipal de la Municipalidad de La Victoria, considerando lo señalado por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, mediante informe detallado en el Dictamen del visto, y en virtud de la Séptima Disposición Final de la Ordenanza Nº 1533MML, modificada por Ordenanza Nº 1833-MML, remitió al Servicio de Administración Tributaria ­ SAT el Oficio Nº 0116-2015-GM/MDLV, de fecha 30 de diciembre de 2015, comunicando la decisión de mantener por segundo ejercicio consecutivo adicional la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 289-2014/MML que ratifica la Ordenanza Nº 183-2014/MLV, por cuanto las condiciones bajo las cuales esta última fue ratificada, no presentan mayor variación que requieran aprobar nuevos costos por servicio de emisión mecanizada de valores para el ejercicio 2016; Estando a los fundamentos expuestos, contando con el pronunciamiento de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante informe detallado en el dictamen del visto, y en uso de las atribuciones conferidas mediante los artículos 40º y 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­ el Concejo Municipal por unanimidad aprobó: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2016 LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 183-2014/MLV QUE APRUEBA EL MONTO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS Y DISTRIBUCIÓN DE CUPONERA DE PAGOS 2014 Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 183-2014/MLV que estableció el monto de Emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Impuesto Predial y Arbitrios y distribución de cuponera de pagos 2014, que fuera ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 289-2014/MML, ambos publicados el 22 de febrero del 2014 en el Diario Oficial El Peruano, por lo que dicha norma regirá como marco legal para el ejercicio 2016, manteniéndose el cobro establecido en la misma por derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Hoja de Liquidación de Arbitrios (HLA), Hoja de Actualización de Datos y distribución domiciliaria de cuponera de pagos correspondiente al ejercicio 2015 en S/. 5.61 (cinco y 61/100 Soles). Por cada predio adicional se mantendrá en S/. 1.60 (un sol y 60/100 Soles), el mismo que comprende un formato de PU y HLA. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y la Subgerencia de Tecnología de la Información, en lo que sea de su competencia. Regístrese, publíquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1340240-1

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, lo que es concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades - la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a través de la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, las mismas que tienen rango de Ley, según lo establecido en el artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 74º y 195º numeral 4) de la Carta Magna en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF, y con el artículo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972, otorgan a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su Jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, en mérito a las normas legales expuestas la Municipalidad de La Victoria emitió la Ordenanza Nº 225-2015/MDLV, que establece las tasas por servicios públicos municipales de limpieza pública, serenazgo y parques y jardines para el ejercicio 2016, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 427 del 23 de diciembre del 2015; Que, la citada Ordenanza Nº 225-2015/MDLV que aprobó el régimen tributario de los arbitrios Municipales para el ejercicio 2016, establece en su artículo 6º que la periodicidad y determinación de los arbitrios es mensual y su recaudación se realiza con vencimiento al último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre. Asimismo, en concordancia con ello, la norma XII del TUO del Código Tributario antes indicado, establece que "para efectos de los plazos establecidos en la norma tributaria deben considerarse lo siguiente: (...) b) los plazos expresados en días se entenderán en días hábiles"; por lo que resulta necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, el artículo 15º del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, establece que el Impuesto Predial podrá cancelarse ya sea al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagar en este último caso la primera cuota el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, en virtud a las normas legales precitadas y a la política de la actual gestión edil, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, encuentra oportuno incentivar el cumplimiento puntual del pago de tributos por parte de los contribuyentes, efectuando descuentos por pagos anuales o trimestrales adelantados de Arbitrios Municipales, debiendo establecerse a su vez las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el ejercicio 2016; Estando a los fundamentos expuestos, contando con los pronunciamientos de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, cuyos informes se detallan en el Dictamen de vistos, que forma parte integrante de la presente y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2016 Artículo 1º.- Objeto y finalidad.- Establecer las fechas de vencimiento para el pago del impuesto Predial

Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios e incentivos por pronto pago para el ejercicio 2016
ORDENANZA Nº 231-2016/MLV La Victoria, 21 de enero de 2016. EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de enero de 2016, el Dictamen Conjunto Nº 002-2016-CPRDE-CPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales y de Rentas y Desarrollo Económico; y,

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