Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2016 (31/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

577002

NORMAS LEGALES

Domingo 31 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 04 de noviembre de 2015, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor José Leandro Gutierrez Altamirano postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor José Leandro Gutierrez Altamirano, con matrícula número N-4294, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1339833-1

Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. el cierre de oficina especial ubicada en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN SBS N° 291-2016 Lima, 20 de enero de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú S.A. para que se le autorice el cierre de una oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta dicha solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. el cierre de la oficina especial ubicada en la Avenida Los Maestros N° 206-208, distrito, provincia y departamento de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1339811-1

Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficinas especiales en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 284-2016 Lima, 20 de enero de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos oficinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta dicha solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 62852013; y, en uso de las facultades encomendadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013. RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. a la apertura de dos (2) oficinas especiales, según se indica: · Oficina Especial Huacho ubicada en: Av. Moore N° 213-215, distrito de Huacho, provincia de Huaura y departamento de Lima. · Oficina Especial Huaral ubicada en: Local Comercial s/n, Ex Fundo Esquivel, distrito y provincia de Huaral y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1339811-2

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Delegan en el Gerente General Regional la facultad de aprobar las modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Fiscal 2016
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 009-2016 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GR Chachapoyas, 12 de enero de 2016 VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 070-2015-GOBIERNOREGIONAL AMAZONAS/PR, de fecha 14 de enero de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Que, el numeral 7.1 del artículo 7" del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, señala que el Titular de la Entidad, es la máxima Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal, es responsable de manera solidaria con el Consejo Regional. Dicha autoridad, puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público

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