Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2016 (31/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Domingo 31 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1340377-1

SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el literal c) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 391-2015-EF/43, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "(...) c) Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor estimado en los procedimientos de selección. (...)". Artículo 2.- Modificar con eficacia al 9 de enero de 2016, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial N° 391-2015-EF/43, la cual quedará redactada de la siguiente manera: "DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 426-2014-EF/10 tendrá vigencia durante el año 2016". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Modifican la R.M. N° 391-2015-EF/43
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 027-2016-EF/43 Lima, 29 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y conforme dispone el artículo 8 de la citada Ley, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley; Que, en atención a la normas citadas mediante Resolución Ministerial N° 391-2015-EF/43, se delegó y/o desconcentró en el Director General de la Oficina General de Administración las funciones y/o atribuciones detalladas en dicha Resolución previstas en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley N° 30225, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 350-2015-EF; Que, resulta necesario delegar en el Director General de la Oficina General de Administración la facultad de aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor estimado, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 350-2015-EF; Que, de otro lado, considerando que existen procesos de selección convocados en el marco del Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y contrataciones celebradas bajo el ámbito de aplicación de las referidas normas, resulta necesario modificar la Resolución Ministerial N° 391-2015-EF/43; Que, teniendo presente la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, y con el propósito de lograr una mayor fluidez a la marcha administrativa del Ministerio, es conveniente delegar y/o desconcentrar, según corresponda, las diversas funciones y competencias, asignadas al Titular de la Entidad y al Ministerio de Economía y Finanzas en los diversos órganos de este Ministerio; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF;

ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1340267-1

INTERIOR
Autorizan viaje de Coronel de la Policía Nacional del Perú a la República Italiana, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 103-2016-IN Lima, 30 de enero de 2016 VISTOS; el Oficio N° 32-2016-4°FSPC-FECOR-MPFN-E3, de fecha 13 de enero de 2016, de la 4° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada; y, el Memorándum N° 108-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de enero de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 32-2016-4°FSPC-FECORMP-FN-E3, de fecha 13 de enero de 2016, la 4° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, solicitó a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú la autorización de viaje en comisión de servicios del Coronel de la Policía Nacional del Perú Pedro Walter Arapa Salas, Jefe de la División de Investigación de Tráfico Ilícito de Drogas de la Dirección Ejecutiva Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, con motivo de practicar diligencias y acciones de indagación en la investigación que se sigue contra Gerald Américo Oropeza López y otros, por la comisión de presunto delito de Conspiración para el Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado, a realizarse en las ciudades de Asti, Isquia y Nápoles de la República Italiana, del 7 al 13 de febrero de 2016; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 21-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 21 de enero de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 6 al 13 de febrero de 2016, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Pedro Walter Arapa Salas, para lo fines policiales antes mencionados; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum N° 108-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 22 de enero de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, aprobó la propuesta mencionada en el considerando precedente, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa

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